Sentencia nº C-335/06 de Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, 26 de Junio de 2008
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Resumen
Directiva 91/439/CEE - Reconocimiento recíproco del permiso de conducción - Retirada del permiso en un Estado miembro por consumo de estupefacientes o alcohol - Nuevo permiso expedido por otro Estado miembro - Denegación de reconocimiento del derecho a conducir en el primer Estado miembro - Residencia no conforme con la Directiva 91/439/CEE-
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Extracto
Sentencia nº C-335/06 de Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, 26 de Junio de 2008
En los asuntos acumulados C-334/06 a C-336/06,
que tienen por objeto peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 234 CE, por el Verwaltungsgericht Chemnitz (Alemania), mediante resoluciones de 20 de julio, 17 de julio y 31 de julio de 2006, recibidas en el Tribunal de Justicia el 3 de agosto de 2006, en los procedimientos entre Matthias Zerche (C-334/06), Manfred Seuke (C-336/06) y Landkreis Mittweida, y Steffen Schubert (C-335/06) y Landkreis Mittlerer Erzgebirgskreis, EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera), integrado por el Sr. A. Rosas (Ponente), Presidente de Sala, y los Sres. J.N. Cunha Rodrigues, J. Klu-ka, A. Ó Caoimh y A. Arabadjiev, Jueces; Abogado General: Sr. Y. Bot; Secretario: Sr. B. Fülöp, administrador; habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 27 de septiembre de 2007; consideradas las observaciones presentadas: - en nombre del M. Schubert, por el Sr. G. Zimmermann, Rechtsanwalt; - en nombre del M. Seuke, por el Sr. Th. Rehm, Rechtsanwalt; - en nombre del Gobierno alemán, por el Sr. M. Lumma y la Sra. C. Schulze-Bahr, en calidad de agentes; - en nombre del Gobierno portugués, por el Sr. L. Fernandes y la Sra. M. Ribes, en calidad de agentes; - en nombre de la Comisión de las Comunidades Europeas, por el Sr. G. Braun y la Sra. N. Yerrell, en calidad de agentes; oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 14 de febrero de 2008; dicta la siguiente Sentencia 1 Las peticiones de decisión prejudicial versan sobre la interpretación de los artículos 1, apartado 2, 7, apartado 1, y 8, apartados 2 y 4, de la Directiva 91/439/CEE del Consejo, de 29 de julio de 1991, sobre el permiso de conducción (DO L 237, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de septiembre de 2003 (DO L 284, p. 1) (en lo sucesivo «Directiva 91/439»). 2 Dichas peticiones se presentaron en el marco de tres litigios entre el Sr. Zerche (asunto C-334/06) y el Sr. Seuke (asunto C-336/06) y el Landkreis Mittweida (comarca de Mittweida) y entre el Sr. Schubert y el Landkreis Mittlerer Erzgebirgskreis (comarca de Mittlerer Erzgebirgskreis) (asunto C-335/06), respectivamente, en relación con la negativa, por parte de la República Federal de Alemania, a reconocer los permisos de conducción que los Sres. Zerche, Seuke y ...Ver el contenido completo de este documento
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