Auto nº C-264/12 of Tribunal de Justicia, June 26, 2014

Resolution DateJune 26, 2014
Issuing OrganizationTribunal de Justicia
Decision NumberC-264/12

Procedimiento prejudicial — Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Normativa nacional que impone reducciones salariales en lo que atañe a determinados trabajadores del sector público — Falta de aplicación del Derecho de la Unión — Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia

En el asunto C‑264/12,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Tribunal do Trabalho do Porto (Portugal), mediante resolución de 22 de mayo de 2012, recibida en el Tribunal de Justicia el 29 de mayo de 2012, en el procedimiento entre

Sindicato Nacional dos Profissionais de Seguros e Afins

y

Fidelidade Mundial — Companhia de Seguros SA,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Sexta),

integrado por el Sr. A. Borg Barthet, Presidente de Sala, y el Sr. E. Levits (Ponente) y la Sra. M. Berger, Jueces;

Abogado General: Sr. N. Jääskinen;

Secretario: Sr. A. Calot Escobar;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

consideradas las observaciones presentadas:

— en nombre de Fidelidade Mundial — Companhia de Seguros SA, por la Sra. R. Simões Correia, advogada;

— en nombre del Gobierno portugués, por el Sr. L. Inez Fernandes y por las Sras. V. Silva y F. Almeida, en calidad de agentes;

— en nombre del Gobierno neerlandés, por la Sra. M. Bulterman y el Sr. J. Langer, en calidad de agentes;

— en nombre de la Comisión Europea, por los Sres. M. França, J.‑P. Kepenne y D. Martin, en calidad de agentes;

vista la decisión adoptada, oído el Abogado General, de resolver mediante auto motivado, con arreglo al artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia;

dicta el siguiente

Auto

1 La petición de decisión prejudicial versa sobre la interpretación de los artículos 20, 21, apartado 1, y 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»).

2 Dicha petición se presentó en el marco de un litigio entre el Sindicato Nacional dos Profissionais de Seguros e Afins (en lo sucesivo, «SNPSA») y Fidelidade Mundial — Companhia de Seguros SA (en lo sucesivo, «Fidelidade Mundial»), en relación con la supresión de las pagas extraordinarias de vacaciones y de navidades que se abonaban a los trabajadores de esta última.

Marco jurídico

3 En Portugal, la Ley nº 64-B/2011, de 30 de diciembre, mediante la que se aprobaron los Presupuestos Generales del Estado para 2012 (Diário da República, serie 1, nº 250, de 30 de diciembre de 2011; en lo sucesivo, «Ley de Presupuestos Generales para 2012»), dispone, en su artículo 20, que las reducciones salariales para los trabajadores del sector público, adoptadas en virtud de la Ley nº 55-A/2010, de 31 de diciembre (Diário da República, serie 1, nº 25, de 31 de diciembre de 2010; en lo sucesivo, «Ley de Presupuestos Generales para 2011»), seguirán en vigor durante el año 2012.

4 El artículo 21 de la Ley de Presupuestos Generales para 2012, que lleva como epígrafe «Suspensión del abono de las pagas extraordinarias de vacaciones y de navidades o retribuciones equivalentes», dispone lo siguiente:

1 — Como medida excepcional de estabilidad presupuestaria, durante la vigencia del Programa de Asistencia Económica y Financiera (PAEF) quedará suspendido el abono de las pagas extraordinarias de vacaciones y de navidades, así como de cualesquiera prestaciones correspondientes a las mensualidades decimotercera y decimocuarta, a las personas mencionadas en el artículo 19, apartado 9, de la [Ley de Presupuestos Generales para 2011], en su versión modificada por las Leyes nº 48/2011, de 26 de agosto, y nº 60-A/2011, de 30 de noviembre, cuyo...

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