Cuestión prejudicial sobre: afiliación obligatoria a un fondo sectorial de pensiones. Compatibilidad con las normas de la competencia

Formularios ComunitariosCuestiones prejudiciales especiales (2010)

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Cuestión prejudicial sobre: afiliación obligatoria a un fondo sectorial de pensiones. Compatibilidad con las normas de la competencia. Calificación de un fondo sectorial de pensiones como empresa.

De la sentencia se desprende que aun cuando en principio la monopolización del fondo por una empresa, podría alterar las normas de la libre competencia; en este caso, consta el asentimiento del sector y el dato de que la diversificación de empresas provocaría la inviabilidad económica del fondo de pensiones complementario.

El Tribunal de Justicia declaró:

"1) Los arts. 3, letra g), del Tratado CE (actualmente art. 3 CE, apartado 1, letra g), tras su modificación), 5 y 85 del Tratado CE (actualmente arts. 10 CE y 81 CE) no se oponen a la decisión de las autoridades públicas de hacer obligatoria, a petición de las organizaciones representativas de los empresarios y de los trabajadores de un determinado sector, la afiliación a un fondo sectorial de pensiones.

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