Reglamento (CE) nº 1047/2009 del Consejo, de 19 de octubre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) nº 1234/2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas, en lo que respecta a las normas de comercialización de la carne de aves de corral

SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

6.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 290/1

ES

I

(Actos adoptados en aplicación de los Tratados CE/Euratom cuya publicación es obligatoria)

REGLAMENTOS

REGLAMENTO (CE) N o 1047/2009 DEL CONSEJO

de 19 de octubre de 2009

que modifica el Reglamento (CE) n o 1234/2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas, en lo que respecta a las normas de comercialización de la carne de aves de corral

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 37,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo

( 1 ),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 2

) establece normas de comercialización de la carne de aves de corral.

(2) El artículo 116 del Reglamento (CE) n o 1234/2007 dispone que los productos del sector de los huevos y del sector de las aves de corral se comercializan de conformidad con las disposiciones establecidas en el anexo XIV de dicho Reglamento.

(3) Las normas de comercialización fueron desarrolladas para contribuir a una mejora de la calidad de la carne de aves de corral y de la información referida a ella y, por consiguiente, para facilitar la venta de dicha carne. En particular, el Reglamento (CEE) n o 1906/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral

( 3

), introdujo, con efectos desde el 1 de julio de 1991, una definición de carne fresca de aves de corral que es más precisa que la de la normativa sobre seguridad alimentaria. La experiencia muestra que es necesario confirmar el principio estricto sobre el que se basa esta definición y hacerlo aún más explícito.

(4) Habida cuenta de que la carne de aves de corral se consume cada vez más en forma de preparaciones y productos hechos a base de ella, es preciso ampliar el ámbito de aplicación de las normas de comercialización de esa carne a las citadas preparaciones y productos.

(5) Debe incluirse también en el ámbito de aplicación de las normas de comercialización la carne de aves de corral en salmuera, del código NC 0210 99 39.

(6) La experiencia muestra que en determinados casos las preparaciones a base de carne de aves de...

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