Reglamento (CEE) nº 2018/93 del Consejo, de 30 de junio de 1993, relativo a la estadísticas de capturas y de la actividad pesquera por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico noroccidental          

DOUE, 28 de Julio de 1993Reglamento › Comisión de las Comunidades Europeas

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  Reglamento (CEE) nº 2018/93 del Consejo, de 30 de junio de 1993, relativo a la estadísticas de capturas y de la actividad pesquera por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico noroccidental          

REGLAMENTO (CEE) No 2018/93 DEL CONSEJO de 30 de junio de 1993 relativo a la estadísticas de capturas y de la actividad pesquera por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico noroccidental

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Considerando que el Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico noroccidental, aprobado por el Reglamento (CEE) no 3179/78(1) , y por el que se crea la Organización de caladeros del Atlántico noroccidental (NAFO), obliga a la Comunidad a facilitar al Consejo científico de la NAFO cualquier información científica y estadística disponible que éste solicite para el desempeño de sus funciones;

Considerando que el Consejo científico de la NAFO ha indicado que las estadísticas periódicas de capturas y de actividad pesquera son esenciales para el desempeño de sus funciones a la hora de evaluar el estado de las reservas pesqueras en el Atlántico noroccidental;

Considerando que el Reglamento (CEE) no 3881/91 del Consejo, de 17 de diciembre de 1991, relativo a la transmisión de estadísticas de capturas nominales por parte de los Estados miembros que faenan en el Atlántico noroccidental(2) no satisface plenamente los requisitos exigidos a la Comunidad para que ésta facilite al Consejo científico de la NAFO cualquier información estadística conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 6 del Convenio de dicha Organización; que es necesa...

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