Reglamento (CE) nº 1627/94 del Consejo, de 27 de junio de 1994, por el que se establecen disposiciones generales para los permisos de pesca especiales          

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  Reglamento (CE) nº 1627/94 del Consejo, de 27 de junio de 1994, por el que se establecen disposiciones generales para los permisos de pesca especiales          

REGLAMENTO (CE) No 1627/94 DEL CONSEJO de 27 de junio de 1994 por el que se establecen disposiciones generales para los permisos de pesca especiales

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que a tenor del artículo 9 del Reglamento (CE) no 3690/93 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, por el que se establece un régimen comunitario que determina las normas relativas a la información mínima que deberán contener las licencias de pesca (4), compete al Consejo adoptar las disposiciones generales para los permisos de pesca especiales aplicables a los buques pesqueros comunitarios y a los buques que enarbolen pabellón de un tercer país y que operen en la zona de pesca comunitaria;

Considerando que, con arreglo a los artículos 4 y 8 del...

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