Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo - Protocolo 32 sobre las disposiciones financieras para la aplicación del artículo 82

DOUE, 3 de Enero de 1994Acuerdo

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Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo - Protocolo 32 sobre las disposiciones financieras para la aplicación del artículo 82

PROTOCOLO 32

sobre las disposiciones financieras para la aplicación del artículo 82

Artículo 1

Procedimiento para determinar la participación financiera de los Estados de la AELC

1. El procedimiento para calcular la participación financiera de los Estados de la AELC en las actividades de la Comunidad será el que se establece en los siguientes apartados.

2. La Comisión de las CE comunicará al Comité Mixto del EEE, junto con la información general pertinente y a más tardar el 30 de mayo de cada año financiero:

a) Los importes inscritos «para información», en créditos de co...

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