2005/346/CE:Decisión de la Comisión, de 14 de julio de 2004, relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania en favor de MobilCom AG [notificada con el número C(2004) 2641] (1)

DOUE. Diario Oficial de la Unión Europea núm. 2, 4 de Mayo de 2005Decisión › Comisión de las Comunidades Europeas

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2005/346/CE:Decisión de la Comisión, de 14 de julio de 2004, relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania en favor de MobilCom AG [notificada con el número C(2004) 2641] (1)

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 14 de julio de 2004

relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania en favor de MobilCom AG

[notificada con el número C(2004) 2641]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2005/346/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

Visto el Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado (1), y, en particular, su artículo 7, apartados 3 y 4,

Después de haber emplazado al Estado miembro y a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (2), y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

I. PROCEDIMIENTO

(1) Por carta de 18 de octubre de 2002, Alemania informó a la Comisión de que había otorgado una denominada ayuda de salvamento en forma de garantía estatal sobre un préstamo de 50 millones EUR concedido por el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW, Instituto de Crédito para la Reconstrucción) a la empresa MobilCom AG (en lo sucesivo, 'MobilCom').

El préstamo había sido desembolsado el 19 de septiembre de 2002.

(2) Por cartas de 21 y 30 de octubre de 2002, la Comisión solicitó información adicional, que le fue proporcionada por Alemania mediante cartas de 23 de octubre de 2002, registrada el 23 y 24 de octubre, y de 5 de noviembre de 2002, registrada en la misma fecha.

(3) Por carta de 27 de noviembre de 2002, registrada el 28 de noviembre, Alemania comunicó la concesión de otra garantía subsidiaria del 80 % sobre un nuevo préstamo de 112 millones EUR. El 10 de diciembre de 2002 se celebró una reunión entre representantes de la Comisión y de Alemania.

(4) Por carta de 21 de enero de 2003, la Comisión comunicó a Alemania su decisión de autorizar, en tanto que ayuda de salvamento, la garantía sobre el préstamo de 50 millones EUR sobre la base del artículo 87, apartado 3, letra c), del Tratado CE y de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (3).

(5) En el mismo escrito, la Comisión informaba a Alemania de su decisión de incoar el procedimiento de investigación formal previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado CE con respecto a la garantía del 80 % sobre el préstamo de 112 millones EUR.

(6) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (4).

En esta publicación, la Comisión invitaba a todos los interesados a que formularan sus observaciones.

4.5.2005 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 116/55

(1) DO L 83 de 27.3.1999, p. 1. Reglamento modificado por el Acta de Adhesión de 2003.

(2) DO C 80 de 3.4.2003, p. 5.

(3) DO C 288 de 9.10.1999, p. 2.

(4) Véase la nota 2.

(7) Por carta de 24 de febrero de 2003, registrada los días 25 y 26 de febrero de 2003, Alemania formuló sus comentarios sobre la decisión de la Comisión de incoar el procedimiento.

(8) Por carta de 14 de marzo de 2003, registrada en la misma fecha, Alemania facilitó información complementaria a la Comisión, al tiempo que anunciaba su intención de prorrogar hasta finales de 2007 las garantías estatales sobre los préstamos de 50 y 112 millones EUR concedidos a MobilCom. Además, indicó que del segundo préstamo sólo se habían abonado a la empresa 88,3 millones EUR.

(9) Por carta de 10 de abril de 2003, la Comisión solicitó información adicional sobre la prórroga prevista, la cual fue facilitada por carta de 9 de mayo de 2003, registrada el mismo día. Alemania remitió más información por carta de 21 de mayo de 2003, registrada el mismo día.

(10) Por carta de 3 de junio de 2003, registrada al día siguiente, MobilCom presentó sus observaciones sobre el procedimiento.

(11) La Comisión, por carta de 9 de julio de 2003, puso en conocimiento de Alemania su decisión de ampliar el procedimiento incoado con arreglo al artículo 88, apartado 2, del Tratado CE para incluir en él el proyecto de prorrogar las garantías hasta finales de 2007.

(12) La decisión de la Comisión de ampliar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (5). En esta publicación, la Comisión invitó a todos los interesados a que formularan sus observaciones.

(13) Por carta de 1 de septiembre de 2003, registrada al día siguiente, Alemania se pronunció sobre la ampliación del procedimiento. Por carta de 9 de septiembre de 2003, la Comisión solicitó información adicional.

Alemania respo...

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