Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones El futuro de la Estrategia Europea de Empleo (EEE) 'Una estrategia para el pleno empleo y mejores puestos de trabajo para todos'' (COM(2003) 6 final)

DOUE. Diario Oficial de la Unión Europea núm. 8, 6 de Junio de 2003Dictamen › Comisión de las Comunidades Europeas

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Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones El futuro de la Estrategia Europea de Empleo (EEE) 'Una estrategia para el pleno empleo y mejores puestos de trabajo para todos'' (COM(2003) 6 final)

C 133/38 ES 6.6.2003Diario Oficial de la Unión Europea Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la 'Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones -- El futuro de la Estrategia Europea de Empleo (EEE) 'Una estrategia para el pleno empleo y mejores puestos de trabajo para todos'' (COM(2003) 6 final) (2003/C 133/09) El 14 de enero de 2003, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la comunicación mencionada.

La Sección Especializada de Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 4 de marzo de 2003 (ponente: Sr. Koryfídis).

En su 398o Pleno de los días 26 y 27 de marzo de 2003 (sesión del 26 de marzo), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 93 votos a favor, 5 en contra y 3 abstenciones el presente Dictamen.

1. Introducción 1.1. A finales de 1997, en el Consejo Europeo de Luxemburgo, se adoptó la Estrategia Europea de Empleo (EEE). El objetivo de esta estrategia era alcanzar, en un plazo de cinco años, progresos de importancia significativa en lo referente, en particular, al desempleo de larga duración y al desempleo juvenil. Después, y antes incluso de la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam, se puso en marcha el nuevo método abierto decoordinación previsto en el artículo 128 del Tratado y se adoptó la primera serie de directrices de empleo.

1.2. En el artículo 126 del Tratado se confirma que la política en materia...

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