Recomendación de la Comisión, de 9 de abril de 2013, sobre el uso de métodos comunes para medir y comunicar el comportamiento ambiental de los productos y las organizaciones a lo largo de su ciclo de vida

SectionRecomendación
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

4.5.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 124/1

ES

II

(Actos no legislativos)

RECOMENDACIONES

RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN

de 9 de abril de 2013

sobre el uso de métodos comunes para medir y comunicar el comportamiento ambiental de los productos y las organizaciones a lo largo de su ciclo de vida

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2013/179/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 191 y 292, Considerando lo siguiente:

Considerando lo siguiente:

(1) Es esencial disponer de mediciones e informaciones fiables y correctas sobre el comportamiento ambiental de los productos y de las organizaciones para la toma de decisiones ambientales a diversos niveles.

(2) La proliferación actual de métodos e iniciativas diferentes para evaluar y comunicar el comportamiento ambiental está generando confusión y desconfianza en la información sobre el comportamiento ambiental. Además, puede suponer costes adicionales para las empresas si las autoridades públicas, sus socios comerciales, las iniciativas privadas y los inversores les piden que midan el comportamiento ambiental de un producto o una organización sobre la base de métodos distintos. Tales costes reducen las oportunidades del comercio transfronterizo de productos ecológicos. Estas deficiencias del mercado de los productos ecológicos corren el riesgo de agravarse

( 1 ).

(3) La Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulada «Política de Productos Integrada -Desarrollo del concepto del ciclo de vida medioambiental»

( 2

) reconoció la importancia de abordar el impacto ambiental desde la perspectiva del ciclo de vida de un producto de manera integrada.

(4) En las conclusiones del Consejo Europeo tituladas «Gestión sostenible de los materiales y producción y consumo sostenibles», de 20 de diciembre de 2010

( 3 ), se invitaba a la Comisión a desarrollar una metodología común para la evaluación cuantitativa de las repercusiones de los productos en el medio ambiente durante todo su ciclo de vida, con objeto de apoyar la evaluación y el etiquetado de los productos.

(5) La Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Hacia un Acta del Mercado Único - Por una economía social de mercado altamente competitiva: cincuenta propuestas para trabajar, emprender y comerciar mejor todos juntos»

( 4

) señalaba que iban a examinarse las posibilidades de establecer una metodología europea común para la evaluación y el etiquetado de los productos, con vistas a hacer frente al problema de su impacto ambiental, incluidas las emisiones de carbono. La necesidad de tal iniciativa fue reiterada en las dos Actas del Mercado Único subsiguientes

( 5

).

(6) La Comunicación titulada «Una Agenda del Consumidor Europeo para impulsar la confianza y el crecimiento» subrayaba que los consumidores tienen derecho a saber cuáles son las repercusiones en el medio ambiente a lo largo de todo el ciclo de vida de los productos que tienen la intención de comprar, y que deberían recibir apoyo para identificar fácilmente la opción realmente sostenible. Asimismo, señalaba que la Comisión iba a establecer métodos armonizados para evaluar el comportamiento ambiental de los productos y las empresas en todo su ciclo de vida como base para facilitar información fiable a los consumidores.

( 1 ) Evaluación de impacto que acompaña a la Comunicación de la

Comisión titulada «Creación del mercado único de los productos ecológicos: Mejora de la información sobre el comportamiento ambiental de los productos y las organizaciones» (SWD(2013) 111 final).

( 2 ) COM(2003) 302 final.

( 3 ) Sesión n o 3 061 del Consejo de Medio Ambiente, Bruselas, 20 de diciembre de 2010.

( 4 ) COM(2010) 608 final/2.

( 5 ) COM(2011) 206 final, Acta del Mercado Único: Doce prioridades para estimular el crecimiento y reforzar la confianza. «Juntos por un nuevo crecimiento», y COM(2012) 573 final, «Acta del Mercado Único II - Juntos por un nuevo crecimiento».

L 124/2 Diario Oficial de la Unión Europea 4.5.2013

ES

(7) En la Comunicación titulada «Una industria europea más fuerte para el crecimiento y la recuperación económica -Actualización de la Comunicación sobre política industrial»

( 6

) se indicaba que la Comisión estaba estudiando los medios para integrar los productos y servicios ecológicos en el mercado interior, incluido el análisis de la huella ambiental.

(8) En la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos»

( 7 ), la Comisión Europea se comprometió a establecer un enfoque metodológico común que permitiera a los Estados miembros y al sector privado valorar, presentar y comparar el comportamiento ambiental de productos, servicios y empresas sobre la base de una evaluación exhaustiva de su impacto ambiental en todo el ciclo de vida («huella ambiental»).

(9) En el mismo documento se invitaba a los Estados miembros a establecer incentivos que animaran a la gran mayoría de las empresas a medir, comparar y mejorar su eficiencia en el uso de los recursos de manera sistemática.

(10) En respuesta a esas necesidades políticas, la Comisión ha desarrollado los métodos de la huella ambiental de los productos y de la huella ambiental de las organizaciones sobre la base de métodos existentes que gozan de amplio reconocimiento. En la Comunicación titulada «Creación del mercado único de los productos ecológicos» se esboza un marco para el desarrollo y la puesta a punto de las metodologías con la...

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