*Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 40/2008 del Consejo, de 16 de enero de 2008, por el que se establecen, para 2008, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas ( DO L 19 de 23.1.2008)

DOUE, 4 de Julio de 2008Reglamento › Consejo de la Unión Europea

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*Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 40/2008 del Consejo, de 16 de enero de 2008, por el que se establecen, para 2008, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas ( DO L 19 de 23.1.2008)

CORRECCIÓN DE ERRORES Corrección de errores del Reglamento (CE) no 40/2008 del Consejo, de 16 de enero de 2008, por el que se establecen, para 2008, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas (Diario Oficial de la Unión Europea L 19 de 23 de enero de 2008) En las páginas 29 y 30, en el anexo I...

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