Reglamento de Ejecución (UE) 2017/326 de la Comisión, de 24 de febrero de 2017, por el que se modifica por 261.a vez el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

25.2.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 49/30

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EEIL (Daesh) y Al-Qaida (1), y en particular su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 figura la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la inmovilización de fondos y recursos económicos de conformidad con ese mismo Reglamento.

(2) El 22 de febrero de 2017, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió añadir cuatro personas físicas a la lista de personas, grupos y entidades a los que debe aplicarse la inmovilización de fondos y recursos económicos. Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 en consecuencia.

(3) Con el fin de garantizar la efectividad de las medidas establecidas en el presente Reglamento, este debe entrar en vigor inmediatamente.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

El anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento.

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 2017.

(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

En el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 se añaden las entradas siguientes en el epígrafe «Personas físicas»:

  1. «Bassam Ahmad Al-Hasri [alias a) Bassam Ahmad Husari; b) Abu Ahmad Akhlaq; c) Abu Ahmad al-Shami]. Fecha de nacimiento: a) 1.1.1969; b) aproximadamente 1971. Lugar de nacimiento: a) Qalamun, provincia de Damasco, República Árabe Siria; b) Ghutah, provincia de Damasco, República Árabe Siria; c) Tadamon, Rif Dimashq, República Árabe Siria. Nacionalidad: a) siria, b) palestina. Dirección: República Árabe Siria (territorios del sur. Localización en julio de 2016). Fecha de designación conforme al artículo 7 quinquies...

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