Reglamento de Ejecución (UE) 2018/252 de la Comisión, de 19 de febrero de 2018, sobre medidas excepcionales de apoyo del mercado en el sector de las aves de corral en Francia

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

20.2.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 46/1

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 220, apartado 1, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1) Entre el 1 de diciembre de 2016 y el 30 de junio de 2017, Francia confirmó y notificó numerosos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad del subtipo H5. En total, se confirmaron 486 brotes en Francia. Se vieron afectadas las especies siguientes: patos, ocas, pavos, pintadas, codornices y pollitos de la especie Gallus domesticus, pollos, gallitos, capones, pulardas, gallinas jóvenes y gallinas ponedoras.

(2) Francia adoptó inmediata y eficazmente todas las medidas zoosanitarias y veterinarias necesarias exigidas de conformidad con la Directiva 2005/94/CE del Consejo (2).

(3) En particular, Francia adoptó medidas de control, seguimiento y prevención y estableció zonas de protección y vigilancia («zonas reguladas») de conformidad con las Decisiones de Ejecución (UE) 2017/247 (3), (UE) 2017/417 (4), (UE) 2017/554 (5), (UE) 2017/696 (6), (UE) 2017/780 (7) y (UE) 2017/1139 (8) de la Comisión. Con el fin de controlar y evitar la propagación de la enfermedad, Francia impuso dos conjuntos de medidas: el primero incluía restricciones a los desplazamientos de aves, la prohibición de introducción de aves y prolongados períodos de reposo en las explotaciones de aves de corral situadas en las zonas reguladas establecidas a raíz de un brote de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5; el segundo incluía la aplicación, en las explotaciones de patos y ocas situadas en las zonas reguladas a 31 de marzo de 2017, de una nueva prórroga de los períodos de reposo y una prohibición de introducción de aves hasta el 28 de mayo de 2017.

(4) Aplicando estas medidas, Francia logró contener y erradicar la propagación de la enfermedad. Las medidas zoosanitarias y veterinarias de la Unión y nacionales se aplicaron hasta el 29 de septiembre de 2017 en todas las explotaciones afectadas.

(5) Francia informó a la Comisión de que las medidas sanitarias y veterinarias necesarias que había aplicado para contener y erradicar la propagación de la enfermedad habían afectado a un gran número de agentes económicos y que estos sufrieron pérdidas de ingresos no subvencionables por la contribución financiera de la Unión en virtud del Reglamento (UE) n.o 652/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (9).

(6) El 12 de abril, el 3 de agosto y el 13 de noviembre de 2017, la Comisión recibió de Francia solicitudes oficiales de cofinanciación de determinadas medidas excepcionales, con arreglo al artículo 220, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

(7) Como consecuencia de la aplicación de las medidas zoosanitarias y veterinarias, se prolongaron los períodos de reposo, se prohibió la introducción de aves y se restringieron los movimientos en las explotaciones de todos los tipos de aves de corral en las zonas reguladas establecidas a raíz de los brotes de gripe aviar altamente patógena del subtipo H5. Estas medidas afectaban a las especies siguientes: patos, ocas, pavos, pintadas, codornices y pollitos de la especie Gallus domesticus, pollos, gallitos, capones, pulardas, gallinas jóvenes y gallinas ponedoras. Esto provocó una pérdida de producción de aves de corral en estas explotaciones. Procede, por tanto, compensar tales pérdidas.

(8) Como consecuencia de la aplicación de las medidas zoosanitarias y veterinarias, se prohibió la introducción de patos y gansos en todas las explotaciones situadas en las zonas reguladas hasta el 28 de mayo de 2017. Estas explotaciones de patos y ocas sufrieron una pérdida de producción de carne de aves de corral. Procede, por tanto, compensar tales pérdidas.

(9) De conformidad con el artículo 220, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, la cofinanciación de la Unión debe ser equivalente al 50 % de los gastos efectuados por Francia para las medidas excepcionales de apoyo del mercado. La Comisión, tras examinar la solicitud de Francia, debe fijar las cantidades máximas que pueden optar a la financiación respecto a cada medida excepcional de apoyo del mercado.

(10) Para evitar el riesgo de exceso de compensación, el importe a tanto alzado de cofinanciación debe basarse en estudios técnicos y económicos o documentos contables y fijarse en un nivel adecuado para cada animal y producto según las categorías de animales producidos, y no solo en función de la especie sino también del método de producción, esto es, producción estándar, campera, certificada en virtud del régimen nacional, certificada en virtud del régimen Label Rouge, cubierta por una indicación geográfica protegida (IGP), así como en función de la duración de la cadena de suministro, es decir, cadena larga de suministro para productores de aves de corral que solo producen animales vivos, cadena corta de suministro para productores de aves de corral que producen animales vivos y los convierten en productos transformados.

(11) Para evitar el riesgo de doble financiación, las pérdidas sufridas no deben haber sido compensadas por ayudas estatales o seguros y la cofinanciación de la Unión en virtud del presente Reglamento debe limitarse a los animales y productos subvencionables con respecto a los cuales no se haya recibido ninguna contribución financiera de la Unión en virtud del Reglamento (UE) n.o 652/2014.

(12) El alcance y la duración de las medidas excepcionales de apoyo del mercado previstas en el presente Reglamento deben limitarse a lo estrictamente necesario para apoyar el mercado. En particular, las medidas excepcionales de apoyo del mercado solo deben aplicarse a la producción de aves de corral en las explotaciones situadas en las zonas reguladas y durante el período de vigencia de las medidas zoosanitarias y veterinarias establecidas en la legislación de la Unión y francesa correspondientes a...

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