Reglamento de Ejecución (UE) 2019/282 de la Comisión, de 15 de febrero de 2019, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en lo que respecta a los plazos de presentación de licitaciones

Enforcement date:February 22, 2019
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

19.2.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 47/34

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión, de 18 de mayo de 2016, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a la intervención pública y a la ayuda para el almacenamiento privado (2), y en particular su artículo 28,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 de la Comisión (3) abrió la venta de leche desnatada en polvo mediante procedimiento de licitación. Preveía inicialmente dos licitaciones parciales al mes, salvo en los meses de agosto y diciembre.

(2) El Reglamento de Ejecución (UE) 2017/472 de la Comisión (4) modificó el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 reduciendo el número de plazos de presentación de licitaciones a uno por mes y eliminando la disposición de tal plazo en el mes de agosto.

(3) El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/995 de la Comisión (5) modificó el Reglamento 2016/2080 aumentando el número de plazos de presentación de licitaciones a dos por mes y añadiendo la disposición de tal plazo en el mes de agosto.

(4) Esta mayor frecuencia permitió la venta de cantidades significativas de leche desnatada en polvo procedente de las existencias de intervención pública y redujo así las cantidades disponibles hasta, ligeramente, por encima de las 22 000 toneladas.

(5) Habida cuenta del volumen de la cantidad disponible y con el fin de reducir la carga administrativa, conviene reducir de nuevo el número de plazos de presentación de licitaciones a uno por mes.

(6) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 en consecuencia.

(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de la Organización Común de Mercados Agrarios.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

El artículo 2, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2080 se sustituye por el texto siguiente:

2. El plazo de presentación de licitaciones para las licitaciones parciales siguientes comenzará el primer día hábil siguiente al de...

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