Case nº C-437/06 of Tribunal de Justicia, March 13, 2008

Resolution DateMarch 13, 2008
Issuing OrganizationTribunal de Justicia
Decision NumberC-437/06

En el asunto C-437/06,

que tiene por objeto una peticiÛn de decisiÛn prejudicial planteada, con arreglo al artÌculo 234†CE, por el Nieders‰chsisches Finanzgericht (Alemania), mediante resoluciÛn de 5 de octubre de 2006, recibida en el Tribunal de Justicia el 24 de octubre de 2006, en el procedimiento entre

Securenta Gˆttinger Immobilienanlagen und Vermˆgensmanagement AG

y

Finanzamt Gˆttingen,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta),

integrado por el Sr. K. Lenaerts, Presidente de Sala, y la Sra. R. Silva de Lapuerta (Ponente) y los Sres. E. Juh·sz, J. Malenovsk˝ y T. von Danwitz, Jueces;

Abogado General: Sr. J. Maz·k;

Secretario: Sr. R. Grass;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

consideradas las observaciones presentadas:

-††††††††en nombre de Securenta Gˆttinger Immobilienanlagen und Vermˆgensmanagement AG, por el Sr. R. Jouvenal, Rechtsanwalt;

-††††††††en nombre del Gobierno alem·n, por los Sres. M.†Lumma y C. Blaschke, en calidad de agentes;

-††††††††en nombre del Gobierno portuguÈs, por los Sres. L. Fernandes y R.†Laires, en calidad de agentes;

-††††††††en nombre del Gobierno del Reino Unido, por la Sra. Z. Bryanston-Cross, en calidad de agente, asistida por el Sr. P. Harris, Barrister;

-††††††††en nombre de la ComisiÛn de las Comunidades Europeas, por el Sr. D. Triantafyllou, en calidad de agente;

oÌdas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia p˙blica el 11 de diciembre de†2007;

dicta la siguiente

Sentencia

1 ††††††††La peticiÛn de decisiÛn prejudicial tiene por objeto la interpretaciÛn de los artÌculos 2, apartado 1, y 17, apartado 5, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonizaciÛn de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema com˙n del impuesto sobre el valor aÒadido: base imponible uniforme (DO L†145, p.†1; EE†09/01, p.†54; en lo sucesivo, ´Sexta Directivaª).

2 ††††††††Dicha peticiÛn se presentÛ en el marco de un litigio entre Securenta Gˆttinger Immobilienanlagen und Vermˆgensmanagement AG (en lo sucesivo, ´Securentaª) y el Finanzamt Gˆttingen (en lo sucesivo, ´Finanzamtª) en relaciÛn con el alcance del derecho a deducciÛn de cuotas del impuesto sobre el valor aÒadido (en lo sucesivo, ´IVAª).

Marco jurÌdico

Normativa comunitaria

3 ††††††††El artÌculo 2 de la Sexta Directiva establece:

´Estar·n sujetas al Impuesto sobre el Valor AÒadido:

  1. ††††††Las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas a tÌtulo oneroso en el interior del paÌs por un sujeto pasivo que act˙e como tal.

    [...]ª

    4 ††††††††El artÌculo 4 de la Sexta Directiva enuncia las definiciones siguientes:

    ´1. Ser·n considerados como sujetos pasivos quienes realicen con car·cter independiente, y cualquiera que sea el lugar de realizaciÛn, alguna de las actividades econÛmicas mencionadas en el apartado 2, cualesquiera que sean los fines o los resultados de esa actividad.

  2. ††††††Las actividades econÛmicas a que se alude en el apartado 1 son todas las de fabricaciÛn, comercio o prestaciÛn de servicios, incluidas las actividades extractivas, las agrÌcolas y el ejercicio de profesiones liberales o asimiladas. En especial ser· considerada como actividad econÛmica la operaciÛn que implique la explotaciÛn de un bien [corporal o] incorporal con el fin de obtener ingresos continuados en el tiempo.

    [...]ª

    5 ††††††††El artÌculo 13, parte B, de la Sexta Directiva dispone:

    ´Sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones comunitarias, los Estados miembros eximir·n, en las condiciones por ellos fijadas y a fin de asegurar la aplicaciÛn correcta y simple de las exenciones previstas a continuaciÛn y de evitar todo posible fraude, evasiÛn o abusos:

    [...]

    d)††††††las operaciones siguientes:

    [...]

  3. ††††††las operaciones, incluida la negociaciÛn, pero exceptuados el depÛsito y la gestiÛn, relativas a acciones, participaciones en sociedades o asociaciones, obligaciones y dem·s tÌtulos-valores [...]

    [...]ª

    6 ††††††††El artÌculo 17 de la Sexta Directiva est· redactado en los siguientes tÈrminos:

    ´[...]

  4. ††††††En la medida en que los bienes y los servicios se utilicen para las necesidades de sus operaciones gravadas, el sujeto pasivo podr· deducir del impuesto del que es deudor;

    a)††††††el Impuesto sobre el Valor AÒadido debido o pagado dentro del paÌs por los bienes que le hayan sido o le vayan a ser entregados y por los servicios que le hayan sido o le vayan a ser prestados por otro sujeto pasivo;

    b)††††††el Impuesto sobre el Valor AÒadido debido o pagado por los bienes importados en el interior del paÌs;

    c)††††††el Impuesto sobre el Valor AÒadido debido conforme al artÌculo 5, apartado 7, letra†a), al artÌculo 6, apartado 3 y al artÌculo 28 bis, apartado†6;

  5. ††††††Los Estados miembros conceder·n igualmente a todo sujeto pasivo la deducciÛn o la devoluciÛn del Impuesto sobre el Valor AÒadido a que se refiere el apartado 2 en la medida en que los bienes y los servicios se utilicen para las necesidades:

    a)††††††de sus operaciones correspondientes a las actividades econÛmicas contempladas en el artÌculo 4, apartado 2, efectuadas en el extranjero, que hubiesen originado el derecho a la deducciÛn si se hubieran efectuado en el interior del paÌs;

    [...]

  6. ††††††En lo concerniente a bienes y servicios utilizados por un sujeto pasivo para efectuar indistintamente operaciones con derecho a deducciÛn [...] y operaciones que no conlleven tal derecho, sÛlo se admitir· la deducciÛn por la parte de las cuotas del Impuesto sobre el Valor AÒadido que sea proporcional a la cuantÌa de las operaciones primeramente enunciadas.

    Esta prorrata se aplicar· en funciÛn del conjunto de las operaciones efectuadas por el sujeto pasivo, conforme a las disposiciones del artÌculo†19.

    Esto no obstante, los Estados miembros podr·n:

    a)††††††autorizar a los sujetos pasivos a determinar una prorrata por cada uno de los sectores de su actividad, siempre que se lleven contabilidades separadas para cada uno de estos sectores;

    b)††††††obligar a los sujetos pasivos a determinar una prorrata por cada sector de su actividad, llevando obligatoriamente contabilidades separadas para cada uno de estos sectores;

    c)††††††autorizar u obligar a los sujetos pasivos a efectuar la deducciÛn por el procedimiento de afectaciÛn real de la totalidad o de parte de los bienes y servicios;

    d)††††††autorizar u obligar a los sujetos pasivos a...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT