2001/107/EC: Commission Decision of 25 January 2001 deferring for certain transportable pressure equipment the date of implementation of Council Directive 1999/36/EC (Text with EEA relevance) (notified under document number C(2001) 139)
Published date | 09 February 2001 |
Date of Signature | 28 September 2001 |
Subject Matter | ravvicinamento delle legislazioni,trasporti,aproximación de las legislaciones,transportes,rapprochement des législations,transports,Acuerdo de Asociación,relaciones exteriores,productos alimenticios,protección del consumidor |
Official Gazette Publication | Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 39, 09 febbraio 2001,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 39, 09 de febrero de 2001,Journal officiel des Communautés européennes, L 39, 09 février 2001,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 322, 06 de diciembre de 2001 |
2001/107/CE: Decisión de la Comisión, de 25 de enero de 2001, por la que se aplaza la fecha de aplicación de la Directiva 1999/36/CE del Consejo para determinados equipos a presión transportables (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2001) 139]
Diario Oficial n° L 039 de 09/02/2001 p. 0043 - 0043
Decisión de la Comisión
de 25 de enero de 2001
por la que se aplaza la fecha de aplicación de la Directiva 1999/36/CE del Consejo para determinados equipos a presión transportables
[notificada con el número C(2001) 139]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2001/107/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 1999/36/CE del Consejo, de 29 de abril de 1999, sobre equipos a presión transportables(1) y, en particular, el apartado 2 de su artículo 17,
Considerando lo siguiente:
(1) No existen prescripciones técnicas detalladas o no se han incorporado suficientes referencias a las normas europeas pertinentes a los anexos de la Directiva 94/55/CE del Consejo, de 21 de noviembre de 1994, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros con respecto al transporte de mercancías peligrosas por carretera(2), cuya última modificación la constituye la Directiva 2000/61/CE del Parlamento Europeo y del Consejo(3), y de la Directiva 96/49/CE del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril(4), cuya última modificación la constituye la Directiva 2000/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo(5), para los bidones de presión, los bloques de botellas y las cisternas contempladas en el artículo 2 de la Directiva 1999/36/CE. Por consiguiente, conviene aplazar también la fecha de aplicación de la Directiva para esos equipos a presión transportables.
(2) El artículo 18 de la Directiva 1999/36/CE contempla que, durante un período transitorio de dos años a partir de la aplicación de esa Directiva, deberán autorizar la puesta en el mercado y la puesta en servicio de equipos a presión transportables que cumplan la normativa vigente en su territorio antes del 1 de julio de 2001. Por consiguiente, conviene aplazar también la fecha de expiración de dicho período.
(3) Las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado con...
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