2003/422/EC: Commission Decision of 26 May 2003 approving an African swine fever diagnostic manual (Text with EEA relevance) (notified under document number C(2003) 1696)

Published date11 June 2003
Subject Matterlegislazione veterinaria,législation vétérinaire,legislación veterinaria
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 143, 11 giugno 2003,Journal officiel de l’Union européenne, L 143, 11 juin 2003,Diario Oficial de la Unión Europea, L 143, 11 de junio de 2003
EUR-Lex - 32003D0422 - ES 32003D0422

2003/422/CE: Decisión de la Comisión, de 26 de mayo de 2003, por la que se aprueba un manual de diagnóstico de la peste porcina africana (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2003) 1696]

Diario Oficial n° L 143 de 11/06/2003 p. 0035 - 0049


Decisión de la Comisión

de 26 de mayo de 2003

por la que se aprueba un manual de diagnóstico de la peste porcina africana

[notificada con el número C(2003) 1696]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2003/422/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2002/60/CE del Consejo, de 27 de junio de 2002, por la que se establecen disposiciones específicas de lucha contra la peste porcina africana y se modifica, en lo que se refiere a la enfermedad de Teschen y a la peste porcina africana, la Directiva 92/119/CEE(1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 18;

Considerando lo siguiente:

(1) Según la Directiva 2002/60/CE, es necesario establecer uniformemente procedimientos de diagnóstico, métodos de muestreo y criterios de evaluación de los resultados de las pruebas de laboratorio con fines de confirmación de la peste porcina africana.

(2) Según dicha Directiva, el laboratorio comunitario de referencia de la peste porcina africana debe coordinar, en consulta con la Comisión, los métodos empleados en los Estados miembros para el diagnóstico de la enfermedad, con medios como la organización periódica de pruebas comparativas y el suministro de reactivos de referencia a nivel comunitario.

(3) El virus de la peste porcina africana no se considera un peligro para la salud humana.

(4) Recientemente se han elaborado pruebas de laboratorio que permiten la rápida confirmación de la peste porcina africana.

(5) La experiencia obtenida en la lucha contra la peste porcina africana en los últimos años ha permitido seleccionar los procedimientos de muestreo y los criterios de evaluación de los resultados de las pruebas de laboratorio más adecuados para el diagnóstico correcto de esta enfermedad en diferentes situaciones.

(6) Por tanto, es pertinente aprobar el manual de establecimiento de dichos procedimientos y criterios.

(7) Los laboratorios nacionales de diagnóstico deben quedar autorizados para modificar las pruebas de laboratorio establecidas o para utilizar pruebas diferentes, siempre que se pueda demostrar la equivalencia de su sensibilidad y especificidad.

(8) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1. Queda aprobado el manual de diagnóstico de la peste porcina africana que figura en el anexo.

2. Los Estados miembros velarán por que la confirmación de la peste porcina africana se efectúe siguiendo los procedimientos, métodos de muestreo y criterios de evaluación de los resultados de las pruebas de laboratorio establecidos en el manual y basados en los elementos siguientes:

a) la detección, en el examen clínico o en la autopsia, de signos y lesiones de la enfermedad;

b) la detección del virus, su antígeno o su genoma en muestras de tejidos, órganos, sangre o excrementos de los cerdos;

c) la demostración de una respuesta de anticuerpos específicos en muestras de sangre.

3. No obstante lo dispuesto en el apartado 2, los laboratorios nacionales de diagnóstico recogidos en el anexo IV de la Directiva 2002/60/CE podrán introducir modificaciones en las pruebas de laboratorio contempladas en el manual o utilizar pruebas diferentes, siempre que pueda demostrarse que su sensibilidad y su especificidad son equivalentes.

Si se aplican pruebas modificadas o diferentes, su sensibilidad y especificidad deberán evaluarse en el contexto de las pruebas comparativas periódicas organizadas por el laboratorio comunitario de referencia en relación con la peste porcina africana.

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de julio de 2003.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 26 de mayo de 2003.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

(1) DO L 192 de 20.7.2002, p. 27.

ANEXO

MANUAL DE DIAGNÓSTICO DE LA PESTE PORCINA AFRICANA

Capítulo I Introducción, objetivos y definiciones

1. Con objeto de disponer de procedimientos uniformes de diagnóstico de la peste porcina africana (en lo sucesivo, "la PPA"), en el presente manual:

a) se determinan directrices y condiciones mínimas en relación con los procedimientos de diagnóstico, métodos de muestreo y criterios para la evaluación de los resultados de los exámenes clínicos, autopsias y pruebas de laboratorio con vistas al diagnóstico correcto de la PPA(1);

b) se establece el mínimo de requisitos de bioseguridad y de normas de calidad que deben observarse en los laboratorios de diagnóstico de la PPA y en el transporte de las muestras;

c) se establecen las pruebas de laboratorio que han de utilizarse para el diagnóstico de la PPA y las técnicas de laboratorio para la tipificación genética de las cepas aisladas del virus de la PPA.

2. El presente manual se dirige principalmente a las autoridades encargadas de la lucha contra la PPA; por tanto, se centra en los principios y aplicaciones de las pruebas de laboratorio y en la evaluación de sus resultados, más que en el detalle de las técnicas de laboratorio.

3. A efectos del presente manual, además de aplicar las definiciones contenidas en el artículo 2 de la Directiva 2002/60/CE, se entenderá por:

a) "explotación sospechosa", toda explotación porcina en la que se encuentren uno o más cerdos sospechosos de estar infectados con el virus de la PPA, o una explotación de contacto según se define en la letra k) del artículo 2 de la Directiva 2002/60/CE;

b) "subunidad epidemiológica" o "subunidad", el local, recinto o terreno circundante en el que se mantengan grupos de cerdos dentro de una explotación, de tal manera que el contacto entre ellos, directo o indirecto, sea frecuente, pero que, al mismo tiempo, se mantengan separados de otros cerdos de esa misma explotación;

c) "cerdos en contacto", los cerdos que hayan vivido en una explotación, durante los últimos 21 días, en contacto directo con uno o más cerdos sospechosos de estar infectados con el virus de la PPA.

Capítulo II Descripción de la PPA, con especial atención al diagnóstico diferencial

A. INTRODUCCIÓN

1. La PPA es una enfermedad provocada por un virus ADN dotado de envoltura y que pertenece al género Asfivirus, de la familia Asfarviridae. Las distintas cepas de virus de la PPA presentan diferencias de virulencia, aunque no pueden señalarse diferentes genotipos.

2. El virus de la PPA es muy estable en las excreciones de cerdos infectados, en los cuerpos de cerdo y en las carnes frescas de cerdo, así como en algunos de los productos derivados de carne de cerdo. Para garantizar su inactivación en el ambiente deben utilizarse desinfectantes adecuados.

3. La principal vía natural de infección de los cerdos en Europa es la buconasal, por contacto directo o indirecto con cerdos infectados, o por ingestión de piensos contaminados con el virus. Sin embargo, en las áreas en que hay vectores(2), la transmisión mediante estos vectores tiene un papel muy importante en la persistencia y propagación del virus. La PPA puede propagarse asimismo por contacto indirecto con materiales contaminados y por picaduras de insectos, que transportan mecánicamente el virus de la PPA. Es asimismo posible la transmisión de la enfermedad a través del esperma de verracos infectados.

4. Si bien el período de incubación en los animales oscila entre cinco y 15 días, en condiciones de campo los síntomas clínicos pueden no manifestarse en una explotación hasta transcurridas varias semanas desde la introducción del virus, o incluso más si se trata de cepas del virus poco virulentas.

5. Pueden darse formas agudas, subagudas y crónicas de la PPA, en función principalmente de la virulencia del virus.

6. En los cerdos que se recuperan clínicamente de una infección, la viremia persiste durante un periodo de 40 a 60 días, durante el cual los cerdos son portadores del virus. Se ha aislado el virus de la PPA en cerdos portadores hasta a los seis meses de la infección.

B. FORMA AGUDA

1. La aparición de fiebre elevada (más de 40 °C) suele ser el primer signo clínico de enfermedad, junto con depresión, anorexia, respiración acelerada y difícil, y secreciones nasales y oculares. Los cerdos presentan movimientos descoordinados y se apiñan unos con otros. Las cerdas pueden abortar en cualquier fase de la gestación. Algunos cerdos pueden tener vómitos y estreñimiento, mientras que otros pueden sufrir diarreas hemorrágicas. Aparecen zonas subcutáneas congestionadas o hemorrágicas, especialmente en las extremidades y las orejas. Puede haber una fase de coma antes de la muerte, que ocurre en el plazo de uno a siete días tras la aparición de los signos clínicos. La tasa de morbimortalidad dentro de una explotación puede llegar al 100 %.

La autopsia revela un síndrome hemorrágico típico, con congestión generalizada del cuerpo, líquido hemorrágico en las cavidades torácica y abdominal, bazo oscuro y dilatado, ganglios linfáticos hemorrágicos que parecen coágulos sanguíneos, especialmente los ganglios linfáticos renales y gastrohepáticos, petequias en los riñones (en las pirámides medulares y corticales y en la pelvis renal), peritoneo, mucosa gástrica e intestinal y corazón (en el epicardio y en el endocardio), hidrotórax y petequias en la pleura.

2. En general, la forma aguda de la peste porcina clásica presenta un cuadro clínico y anatomopatológico muy parecido al de la peste porcina africana. De producirse, las hemorragias en la piel y en las orejas se detectan bastante fácilmente y hacen sospechar la presencia de peste porcina clásica o africana en su forma...

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