2011/647/: Commission Decision of 24 May 2011 on partial privatisation measure C 15/10 (ex NN 21/10) implemented by Greece for Mont Parnès casino (notified under document C(2011) 3505) Text with EEA relevance

Celex Number32011D0647
Coming into Force04 October 2011
End of Effective Date31 December 9999
ELIhttp://data.europa.eu/eli/dec/2011/647/oj
Published date04 October 2011
Date24 May 2011
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 258, 4 ottobre 2011,Diario Oficial de la Unión Europea, L 258, 4 de octubre de 2011,Journal officiel de l’Union européenne, L 258, 4 octobre 2011
L_2011258ES.01007401.xml
4.10.2011 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 258/74

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 24 de mayo de 2011

sobre la medida de privatización parcial C 15/10 (ex NN 21/10) aplicada por Grecia respecto al Casino Mont Parnès

[notificada con el número C(2011) 3505]

(El texto en lengua griega es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2011/647/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 108, apartado 2, párrafo primero,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, su artículo 62, apartado 1, letra a),

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los artículos citados, y teniendo en cuenta dichas observaciones (1),

Considerando lo siguiente:

1. PROCEDIMIENTO

(1) Mediante carta de 23 de junio de 2002, Egnatia AE, que, tras una fusión, fue adquirida por Athinaiki Techniki y que es miembro del Consorcio Casino Attikis (en lo sucesivo, «CA» o «el denunciante»), presentó ante la Comisión Europea una denuncia de presunto incumplimiento de las normas del mercado interior de la UE en el caso de un procedimiento de licitación no transparente y discriminatorio aplicado por las autoridades griegas en la venta del 49 % del capital de Elliniko Kazino Parnithas AE (en lo sucesivo, «el casino Mont Parnès») al licitador, a saber, el Consorcio Hyatt Regency (en lo sucesivo, «HR» o «el presunto beneficiario») (2).
(2) Mediante carta de 3 de octubre de 2002, la Dirección General de Mercado Interior de la Comisión Europea (en lo sucesivo, «la DG de Mercado Interior») envió una copia del expediente a la Dirección General de Competencia (en lo sucesivo, «la DG de Competencia») para que se efectuase un análisis del asunto con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.
(3) Mediante correo electrónico de 9 de diciembre de 2002, el representante legal del denunciante facilitó explicaciones adicionales sobre el asunto a los departamentos correspondientes de la Comisión.
(4) Mediante carta de 24 de enero de 2003, la Comisión comunicó a las autoridades griegas la denuncia de ayuda estatal e invitó a Grecia a que aclarase las cuestiones planteadas. Las autoridades griegas contestaron el 4 de marzo de 2003.
(5) El 27 de enero de 2003, funcionarios de la Comisión se reunieron con los representantes legales del denunciante.
(6) El 12 de febrero de 2003 y el 22 de agosto de 2003, el representante legal del presunto beneficiario envió documentos justificativos a los servicios de la Comisión.
(7) Mediante cartas de 31 de marzo de 2003 y 16 de mayo de 2003, el denunciante presentó información complementaria a la DG de Competencia.
(8) El 10 de abril de 2003, funcionarios de la Comisión se reunieron con el representante del presunto beneficiario.
(9) Durante el período comprendido entre el 15 de julio de 2003 y el 16 de septiembre de 2003, la Comisión trató en diversas ocasiones con el denunciante de la evaluación por separado de las cuestiones de ayuda estatal y llamó la atención del mismo sobre su práctica habitual de toma de decisiones, según la cual la venta de un activo público en el contexto de un procedimiento de licitación no constituye ayuda estatal si el procedimiento se lleva a cabo de manera transparente y no discriminatoria. Por consiguiente, la Comisión informó al denunciante de que no iba a adoptar ninguna decisión hasta que la DG de Mercado Interior hubiera finalizado su examen del procedimiento de concesión de un contrato público.
(10) Mediante cartas de 22 de enero de 2004 y 4 de agosto de 2004, la DG de Mercado Interior dio por concluida la investigación y consideró que el procedimiento de concesión del contrato había sido correcto. Mediante carta de 2 de junio de 2004, la DG de Competencia informó al denunciante de que había cerrado el expediente de la denuncia de ayuda estatal, de conformidad con el artículo 20, apartado 2, del Reglamento (CE) no 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (3).
(11) El 18 de febrero de 2005, el denunciante interpuso ante el Tribunal de Primera Instancia (que es ahora el Tribunal General) un recurso de anulación de la Decisión de cierre del expediente.
(12) Mediante Resolución de 26 de septiembre de 2006, el Tribunal de Primera Instancia consideró que el recurso era inadmisible, aduciendo que la carta no constituía un acto impugnable conforme al artículo 230 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea («TCE») (que es ahora el artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea —TFUE—) (4).
(13) El 18 de diciembre de 2006, el denunciante interpuso ante el Tribunal de Justicia un recurso contra la Resolución del Tribunal de Primera Instancia.
(14) Mediante Sentencia de 17 de julio de 2008 (5), el Tribunal de Justicia dejó en suspenso la Resolución, ya que observó que el acto impugnado constituía un acto impugnable que no se ajustaba a las obligaciones de la Comisión conforme al Reglamento de Procedimiento y devolvió el expediente al Tribunal de Primera Instancia.
(15) Mediante carta de 26 de septiembre de 2008, la DG de Competencia retiró la carta de 2 de junio de 2004 y reabrió el asunto.
(16) Mediante carta de 29 de junio de 2009, el Tribunal de Primera Instancia resolvió que, dado que la carta había sido retirada, ya no era necesario adoptar una decisión (6). El 7 de septiembre de 2009, el denunciante recurrió esta Resolución del Tribunal de Primera Instancia, argumentando que el Tribunal debía haber considerado ilegal la retirada de la carta y debía haberla anulado.
(17) Mediante correo electrónico de 11 de septiembre de 2009, el denunciante facilitó información adicional a la Comisión.
(18) El 14 de octubre de 2009, funcionarios de la Comisión se reunieron con los representantes del denunciante. Tras la reunión, el denunciante suministró más información a la Comisión en varias ocasiones.
(19) Mediante carta de 21 de octubre de 2009, la Comisión solicitó información adicional a Grecia. Mediante carta de 13 de noviembre de 2009, Grecia pidió más tiempo para responder, lo que fue concedido por la Comisión mediante correo electrónico de 18 de noviembre de 2009. Los días 11 y 14 de enero de 2010 Grecia contestó a la Comisión.
(20) Mediante Sentencia de 6 de mayo de 2010, el Tribunal de Justicia respondió a la cuestión prejudicial, conforme al artículo 234 CE (que es ahora el artículo 267 TFUE), planteada por el Simvoulio tis Epikreatis (en lo sucesivo, «el Consejo de Estado»), en especial en lo que se refiere a la aplicación de las normas de la UE sobre contratación pública al procedimiento de que se trata. El Tribunal de Justicia concluyó, entre otras cosas, que, considerado en su conjunto, un contrato como el que debía concederse tras la licitación no entraba en el ámbito de aplicación de las Directivas sobre contratos públicos (7). Por otra parte, el Tribunal señaló que esa conclusión no excluía el hecho de que un contrato de ese tipo debe cumplir las normas básicas y los principios generales del Tratado, sobre todo los relativos a la libertad de establecimiento y a la libre circulación de capitales.
(21) Mediante carta de 6 de julio de 2010, la Comisión informó a Grecia de que había decidido iniciar el procedimiento establecido en el artículo 108, apartado 2, del TFUE respecto a la medida (en lo sucesivo, «la decisión de inicio»).
(22) La Decisión de la Comisión de inicio del procedimiento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea (8). La Comisión invitó a las partes interesadas a que enviaran sus observaciones sobre la medida.
(23) Tras el inicio del procedimiento, la Comisión recibió observaciones de dos partes interesadas, a saber, los representantes del presunto beneficiario (Athens Resort Casino Holdings (9), en nombre de HR) (10) y los representantes del denunciante (Club Hotel Casino Loutraki, en nombre de CA) (11). Mediante carta de 6 de agosto de 2010, Grecia presentó sus observaciones. Las observaciones de ambas partes interesadas se enviaron mediante carta de 29 de octubre de 2010 a Grecia, que respondió mediante carta de 25 de noviembre de 2010.
(24) El 16 de diciembre de 2010 (12), el Tribunal de Justicia resolvió que el Tribunal General (antes el Tribunal de Primera Instancia) se había equivocado al dictaminar que no procedía dar respuesta al cuestionamiento inicial del «cierre administrativo» del expediente por parte de la Comisión.

2. DESCRIPCIÓN DE LA MEDIDA

(25) En octubre de 2001, las autoridades griegas iniciaron un procedimiento de adjudicación de un contrato público con el fin de vender su participación del 49 % del capital del Casino Mont Parnès (13). Competían por dicho contratos dos solicitantes: «Kazino Attikis» (Casino Attikis o CA) y el consorcio denominado Hyatt Regency — Elliniki Technodomiki (el Consorcio Hyatt Regency o HR); ambos habían sido seleccionados para participar en la segunda fase del procedimiento de licitación (14), conforme a las disposiciones nacionales pertinentes. Tras aplicar un procedimiento que, según se alega, era inválido, el contrato se adjudicó a HR. En los considerandos 26 a 29 siguientes se describe cómo se llegó a esta adjudicación, según la información de que dispone la Comisión.
(26) Con arreglo a las disposiciones nacionales aplicables, el adjudicatario se determina mediante un sistema de puja; el precio inicial de venta se fijó en 80 millones EUR. El Comité de Licitación es quien abre los sobres
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