Asunto T-361/08: Recurso interpuesto el 27 de agosto de 2008 — Peek & Cloppenburg y van Graaf/OAMI — Tailandia (Thai Silk)
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En noveno lugar, sostiene que, además, dichos compromisos no permiten garantizar una competencia efectiva en los ámbitos que tales compromisos cubren.
En décimo lugar, la demandante afirma que se violó su derecho a ser oída debido a errores de procedimiento.
(1) Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones») (DO L 24, p. 1).
Recurso interpuesto el 27 de agosto de 2008 2014 Peek & Cloppenburg y van Graaf/OAMI 2014 Tailandia (Thai Silk)
(Asunto T-361/08)
(2008/C 301/71)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandantes: Peek & Cloppenburg (Hamburgo, Alemania) y van Graaf GmbH & Co. KG (Viena, Austria) (representantes: V. von Bomhard, A. Renck, T. Dolde y J. Pause, abogados).
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos).
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Tailandia.
Pretensiones de la parte demandante
2014 Que se anule la resolución R 1677/2007-4 de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos), de 10 de junio de 2008.
2014 Que se condene en costas a la demandada.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Tailandia.
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa «Thai Silk» con indicación de los colores «azul oscuro y blanco» para productos de las clases 24 y 25 (solicitud no 4.099.297).
Titulares de la marca o del signo invocados en oposición: Las demandantes.
Marca o signo invocados en oposición: Representación de un pavo real en blanco y negro para productos y servicios de las clases 18, 25 y 35.
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición.
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), de Reglamento no 40/94 del Consejo, por cuanto existe un riesgo de confusión entre las marcas enfrentadas debido a su similar impresión de conjunto.
Recurso interpuesto el 28 de agosto de 2008 2014 IFAW Internationaler Tierschutz-Fonds/Comisión
(Asunto T-362/08)
(2008/C 301/72)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: IFAW Internationaler Tierschutz-Fonds gGmbH (Hamburgo, Alemania) (representantes: S. Crosby y S. Santoro, abogados)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas
Pretensiones de la parte demandante
2014 Que se ordene a la Comisión presentar...
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