Asunto T-387/08: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2008 — Evropaïki Dynamiki/Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas

SectionAnuncios

Además, se alega que la Comisión aplicó indebidamente el artículo 88 CE, apartado 2, y el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (CE) no 659/1999 al poner en su punto de mira a Elliniki Nafpigokataskevastiki, que no era la beneficiaria de la ayuda, ordenándole suspender la garantía de indemnización.

Igualmente, las demandantes sostienen que la alegación de la Comisión relativa a la elusión del effet utile de la recuperación se funda erróneamente en la suposición de que tal elusión se produce por la mera concesión de la garantía de indemnización.

Por último, las demandantes alegan que la Comisión aplicó indebidamente el artículo 296 CE, por cuanto no permite que en alguna medida HSY lleve a cabo actividades civiles que tienen carácter subsidiario con el fin de apoyar el funcionamiento de los astilleros en su conjunto.

(1) Este consorcio constituyó Elliniki Nafpigokataskevastiki con el fin de albergar al holding en HSY.

(2) El titular de todas las acciones de HDW es ThyssenKrupp Marine Systems, la cual adquirió también en 2005 las acciones de Ferrostaa en Elliniki Nafpigokataskevastiki.

Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2008 2014 Evropaïki Dynamiki/Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas

(Asunto T-387/08)

(2008/C 301/83)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Evropaïki Dynamiki 2014 Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE (Atenas) (representante: N. Korogiannakis, abogado)

Demandada: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

2014 Que se anule la decisión de la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas (OPOCE) por la que se rechaza la oferta de la demandante, presentada en la licitación AO 10185 para «Computer Services 2014 maintenance of the SEI-BUD/AMD/CR systems and related services» («Servicios informáticos 2014 mantenimiento de los sistemas SEI-BUD/AMD/CR y servicios conexos») (DO 2008/S 43-058884), comunicada a la demandante mediante escrito

de 20 de junio de 2008, y por la que se adjudicó el contrato al licitador elegido.

2014 Que se condene a la OPOCE al pago de los daños sufridos como consecuencia del procedimiento de adjudicación de que se trata por un importe de 1 444 930 euros.

2014 Que se condene a la OPOCE al pago de las costas y otros gastos efectuados por la demandante en relación con el presente recurso, aun cuando éste fuera desestimado.

Motivos y principales alegaciones

En el...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT