Asunto T-433/08: Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2008 — SIAE/Comisión

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Pretensiones de la parte demandante

2014 Que se anule la Decisión de 8 de julio de 2008, no C (2008) 3411 definitiva, notificada el 11 de julio de 2008, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), en la parte en que efectúa algunas correcciones financieras a cargo de Italia.

Motivos y principales alegaciones

Mediante la Decisión impugnada, la Comisión ha excluido de la financiación comunitaria a cargo del FEOGA cuatro categorías de gastos realizados por el Estado italiano en las campañas comprendidas entre 2001 y 2006. Concretamente se trata de correcciones relativas a algunas restituciones a la exportación de productos hortofrutícolas y de azúcar, las ayudas a la transformación de los cítricos para los ejercicios económicos de 2004 y de 2005, el importe de la tasa suplementaria que debe aplicarse a los productos lácteos que, en la producción y comercialización, superan las cuotas lácteas que les han sido asignadas, en relación con la campaña de comercialización 2002-2003, y las ayudas por superficie/sembrado relativas a las campañas 2004, 2005 y 2006.

En apoyo de sus pretensiones, la demandante señala que los controles realizados fueron correctos y adecuados.

Se invoca, en concreto, que se han vulnerado: el deber de motivación; el principio de proporcionalidad; los artículos 11, 12 y 14 del Reglamento (CE) no 1392/2001 de la Comisión, de 9 de julio de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 3950/92 del Consejo por el que se establece una tasa suplementaria en el sector de la leche y de los productos lácteos (1); el artículo 7, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (2);

el artículo 31 del Reglamento (CE) no 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la política agrícola común (3); los artículos 22 y 30 del Reglamento (CE) no 2419/2001 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios introducido por el Reglamento (CEE) no 3508/92 del Consejo (4); y los artículos 50, 51 y 30 del Reglamento (CE) no 796/2004 de la Comisión, de 21 de...

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