Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
Section | Informaciones |
INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento
(CE) no 70/2001
(2008/C 129/03)
Ayuda no: XA 57/08
Estado miembro: República de Eslovenia
Región: Območje občine Postojna
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Drzavna pomoč za pospesevanje razvoja kmetijstva in gozdarstva v občini Postojna v obdobju 2007-2013
Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju drzavnih pomoči za pospesevanje razvoja kmetijstva in gozdarstva v občini Postojna v obdobju 2007-2013 (II. Poglavje)
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual:
2007: 73 541 EUR
2008: 75 085 EUR
2009: 76 662 EUR
2010: 78 272 EUR
2011: 79 916 EUR
2012: 81 594 EUR
2013: 83 307 EUR
Intensidad máxima de la ayuda:
-
Inversiones en explotaciones agrarias de producción primaria:
- hasta un 50 % de los gastos subvencionables en las zonas menos favorecidas y hasta un 40 % de esos gastos en otras zonas.
El objetivo de la ayuda es invertir en la restauración de las características típicas de las explotaciones, comprar equipo destinado a la producción primaria agraria.
-
Conservación de los paisajes y edificios tradicionales:
- características no productivas: hasta un 100 % de los gastos efectivos,
- bienes productivos de las explotaciones: hasta un 60 % de los gastos efectivos (un 75 % en las zonas menos favorecidas), siempre que la inversión no genere ningún aumento de la capacidad productiva de la explotación,
- podrá concederse una ayuda adicional de hasta el 100 % de los gastos extraordinarios derivados de la utilización
de los materiales tradicionales necesarios para mantener las características patrimoniales de los edificios.
-
Traslado de edificios agrícolas en interés público:
- hasta un 100 % de los gastos efectivos cuando el traslado consista simplemente en el desmantelamiento, la retirada y la reedificación de instalaciones existentes,
- cuando el traslado suponga una modernización de las instalaciones del agricultor, éste deberá contribuir al menos con un 60 % (un 50 % en las zonas menos favorecidas) del aumento de valor de las instalaciones tras su reubicación. Si el beneficiario es un joven agricultor, su contribución deberá de ser del 55 % o del 45 %, respectivamente,
- cuando el traslado genere un aumento de la capacidad de producción, la contribución del beneficiario deberá ser al menos del 60 % (el 50 % en las zonas menos favorecidas) de los gastos correspondientes a ese aumento. Si el beneficiario es un joven agricultor, su contribución deberá de ser del 55 % o del 45 %, respectivamente.
-
Ayuda a la concentración parcelaria:
- hasta un 100 % de los gastos legales y administrativos efectuados.
-
Ayuda al fomento de la producción agrícola de calidad:
- hasta un 100 % de los costes subvencionables, en forma de servicios subvencionados; esta ayuda no debe consistir en pagos directos en efectivo a los productores.
-
Prestación de asistencia técnica:
- hasta un 70 % de los costes de educación y formación de agricultores, servicios de asesoría prestados por terceros que no incluyan los costes de funcionamiento habituales de la empresa, organización de foros, concursos, exposiciones, ferias, publicaciones, catálogos y sitios web y divulgación de conocimientos científicos. La ayuda se concede en forma de servicios subvencionables y no debe consistir en pagos directos a los productores
Fecha de aplicación: Julio de 2007
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31.12.2013
Objetivo de la ayuda: Ayuda a las PYME
Referencia a artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 y costes subvencionables:
El capítulo II del proyecto de normas para la concesión de ayuda estatal para fomentar el desarrollo de la agricultura y la silvicultura en el municipio de Postojna durante el periodo 2007-2013 incluye medidas que constituyen ayudas estatales de conformidad con los siguientes artículos del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (DO L 358 de 16.12.2006, p. 3):
- artículo 4: Inversiones en explotaciones agrarias,
- artículo 5: Conservación de paisajes y edificios tradicionales,
- artículo 6: Traslado de edificios agrarios por interés público,
- artículo 13: Ayudas para concentración parcelaria,
- artículo 14: Ayudas para fomentar la producción de productos agrícolas de calidad,
- artículo 15: Asistencia técnica al sector agrario
Sector o sectores afectados: Agricultura
Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:
Občina Postojna Ljubljanska cesta 4 SLO-6230 Postojna
Dirección web:
http://www.uradni-list.si/1/ulonline.jsp?urlid=200760&dhid=91087
Información adicional:
Las normas municipales se ajustan a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2006 sobre las medidas que debe adoptar el municipio y las disposiciones generales de aplicación (procedimiento de concesión de la ayuda, acumulación, transparencia y seguimiento de la ayuda)
Jernej VERBIČ
Alcalde
Ayuda no: XA 60/08
Estado miembro: República de Eslovenia
Región: Območje občine Lukovica
Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual: Drzavne pomoči za razvoj in ohranjanje kmetijstva in podezelja v občini Lukovica za obdobje 2007-2013
Base jurídica: Pravilnik o dodeljevanju drzavnih pomoči za ohranjanje in razvoj kmetijstva in podezelja v občini Lukovica
Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:
2007: 50 057 EUR
2008: 50 809 EUR
2009: 45 000 EUR
2010: 45 000 EUR
2011: 45 000 EUR
2012: 45 000 EUR
2013: 45 000 EUR
Intensidad máxima de la ayuda:
-
Inversiones en explotaciones agrarias dedicadas a la producción primaria:
- hasta un 50 % de los costes subvencionables en zonas desfavorecidas,
- hasta un 40 % de los costes subvencionables en otras zonas.
El objeto de la ayuda es invertir en el restablecimiento de diversos elementos de las explotaciones y en la adquisición de bienes de equipo destinados a la producción agraria, invertir en cultivos permanentes, mejorar las tierras de cultivo y gestionar...
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