Asunto C-103/06: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal des affaires de sécurité sociale de Paris — Francia) — Philippe Derouin/Union pour le recouvrement des cotisations de sécurité sociale et d'allocations familiales de Paris — Région parisienne (Urssaf de Paris — Région parisienne) (Urssaf) (Seguridad social de los trabajadores migrantes — Reglamento (CEE) no 1408/71 — Trabajadores por cuenta propia que residen y ejercen una actividad en Francia — Contribución social generalizada — Contribución para el reembolso de la deuda social — Inclusión de rendimientos obtenidos en otro Estado miembro e imponibles fiscalmente en ese Estado en virtud de un convenio para evitar la doble imposición)

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Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 3 de abril de 2008 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal des affaires de sécurité sociale de Paris - Francia) - Philippe Derouin/Union pour le recouvrement des cotisations de sécurité sociale et d'allocations familiales de Paris - Région parisienne (Urssaf de Paris - Région parisienne) (Urssaf)

(Asunto C-103/06) (1)

(Seguridad social de los trabajadores migrantes - Reglamento (CEE) no 1408/71 - Trabajadores por cuenta propia que residen y ejercen una actividad en Francia - Contribución social generalizada - Contribución para el reembolso de la deuda social - Inclusión de rendimientos obtenidos en otro Estado miembro e imponibles fiscalmente en ese Estado en virtud de un convenio para evitar la doble imposición)

(2008/C 128/05)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal des affaires de sécurité sociale de Paris

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Philippe Derouin

Demandada: Union pour le recouvrement des cotisations de sécurité sociale et d'allocations familiales de Paris - Région parisienne (Urssaf de Paris - Région parisienne) (Urssaf)

Objeto

Petición de decisión prejudicial - Tribunal des affaires de sécurité sociale de Paris - Interpretación del Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena y a sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2; EE 05/01, p. 98), modificado y actualizado por el Reglamento (CEE) no 2001/83 del Consejo, de 2 de junio de 1983 (DO L 230, p. 6; EE 05/03, p. 53) - Inclusión, en la base de cálculo de la «contribución social generalizada» y de la «contribución para el reembolso de la deuda social» a cargo de un trabajador por cuenta propia sometido a la legislación social francesa, de los rendimientos obtenidos en otro Estado miembro y sometidos en éste a tributación de conformidad con un convenio para evitar la doble imposición.

Fallo

El Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comu-

nidad, en su versión modificada y actualizada por el Reglamento (CE) no 307/1999 del Consejo, de 8 de febrero de 1999, debe interpretarse en el sentido que no se...

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