Asunto C-100/08: Recurso interpuesto el 3 de marzo de 2008 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de Bélgica

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Recurso de casación interpuesto el 3 de marzo de 2008 por Akzo Nobel NV, Akzo Nobel Nederland BV, Akzo Nobel Chemicals International BV, Akzo Nobel Chemicals BV y Akzo Nobel Functional Chemicals BV contra la sentencia dictada el 12 de diciembre de 2007 por la Sala Segunda del Tribunal de Primera Instancia en el asunto T-112/05: Akzo Nobel NV, Akzo Nobel Nederland BV, Akzo Nobel Chemicals International BV, Akzo Nobel Chemicals BV y Akzo Nobel Functional Chemicals BV contra la Comisión de las Comunidades Europeas

(Asunto C-97/08 P)

(2008/C 128/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes en casación: Akzo Nobel NV, Akzo Nobel Nederland BV, Akzo Nobel Chemicals International BV, Akzo Nobel Chemicals BV y Akzo Nobel Functional Chemicals BV (representantes: C. Swaak, advocaat, M. van der Woude, avocat, y M. Mollica, avvocato)

Otra parte en el procedimiento: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de las partes recurrentes en casación

Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

- Anule la sentencia dictada el 12 de diciembre de 2007 por el Tribunal de Primera Instancia en el asunto T-112/05, en la medida en que en ella se desestimó el motivo referente al hecho de haber sido declarada indebidamente Akzo Nobel NV responsable solidaria de la infracción.

- Anule la Decisión impugnada, en la medida en que ésta declaró la responsabilidad de Akzo Nobel NV.

- Condene a la Comisión al pago de las costas ocasionadas tanto por el presente recurso de casación como por el procedimiento ante el Tribunal de Primera Instancia, en la medida en que tales costas guarden relación con el motivo formulado en el presente recurso de casación.

Motivos y principales alegaciones

Las partes recurrentes en casación consideran que el Tribunal de Primera Instancia aplicó indebidamente el concepto de «empresa» a efectos del artículo 81 CE y del artículo 23, apartado 2, del Reglamento no 1/2003 (1), según los interpreta la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en materia de imputación de una conducta desleal a la filial de su empresa matriz.

(1) Reglamento (CE) no 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO L 1, p. 1).

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