Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican el Reglamento (UE) no 1308/2013 y el Reglamento (UE) no 1306/2013 en lo que atañe al régimen de ayudas para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, de plátanos y de leche — [COM(2014) 32 final — 2014/0014 (COD)]

Sectiondictamen
Issuing OrganizationTribunal de la Función Pública

16.12.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 451/142

Ponente : Adalbert KIENLE

El 6 de febrero de 2014 el Parlamento Europeo y el 19 de febrero de 2014 el Consejo decidieron, de conformidad con los artículos 43 y 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican el Reglamento (UE) no 1308/2013 y el Reglamento (UE) no 1306/2013 en lo que atañe al régimen de ayudas para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas, de plátanos y de leche

COM(2014) 32 final — 2014/0014 (COD).

La Sección Especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 19 de junio de 2014.

En su 500o pleno de los días 9 y 10 de julio de 2014 (sesión del 9 de julio) el Comité Económico y Social Europeo aprobó por unanimidad con 185 votos a favor y 2 abstenciones el presente dictamen.

1.1 El CESE apoya la creación de un marco jurídico y financiero común para los programas financiados por la UE, y hasta ahora separados, de fomento del consumo de fruta y de leche en las escuelas.

1.2 El CESE acoge con especial satisfacción que se refuerce sustancialmente el apoyo educativo del futuro programa, que, en caso de pleno aprovechamiento de su potencial, puede suponer una contribución de importancia decisiva para la lucha contra la creciente obesidad infantil y contra el desperdicio de alimentos.

1.3 El CESE confía en que se reduzca sustancialmente la carga administrativa y organizativa; los Estados miembros deberían disponer del suficiente margen de maniobra para ajustar el régimen a sus prioridades y especificidades.

1.4 El CESE recomienda que se dé una clara preferencia a los productos sostenibles — especialmente productos frescos de temporada y de origen regional o local — de procedencia europea.

2.1 En diferentes momentos se pusieron en marcha unos programas escolares europeos independientes. Si el objetivo inicial era sobre todo promover la venta de los productos en cuestión, hoy en día se da prioridad a la alimentación sana de los niños. El programa de distribución de leche en las escuelas, en el contexto de la organización común de mercados en el sector de la leche, se introdujo ya en 1977, y desde entonces han participado cerca de veinte millones de niños al año. Por su parte, el programa de consumo de fruta fue resultado de...

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