Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «La seguridad sanitaria de las importaciones agrícolas y alimentarias»

SectionResoluciones, recomendaciones y dictámenes
Issuing OrganizationAgencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación

ES Diario Oficial de la Unión Europea 30.4.2009

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «La seguridad sanitaria de las importaciones agrícolas y alimentarias»

(2009/C 100/10)

Mediante carta de 3 de julio de 2008, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Presidencia francesa decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el tema

La seguridad sanitaria de las importaciones agrícolas y alimentarias

(dictamen exploratorio).

La Sección Especializada de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 8 de octubre de 2008 (ponente: Sr. BROS).

En su 448 o Pleno de los días 21, 22 y 23 de octubre de 2008 (sesión del 22 de octubre de 2008), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 92 votos a favor, 1 en contra y 4 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

A raíz de una serie de graves crisis alimentarias, la Unión Europea se ha dotado de un sofisticado dispositivo de seguridad sanitaria con el objetivo de garantizar un nivel elevado de protección de la salud de los consumidores, así como de la sanidad animal y vegetal. Ahora bien, en un contexto de aumento de los intercambios comerciales mundiales de productos agrícolas y alimentarios, los riesgos sanitarios también aumentan, y las crisis sanitarias vinculadas a las importaciones siguen siendo frecuentes en la UE. Estas crisis sanitarias presentan riesgos para la salud pública, la sanidad animal y vegetal, y suponen un coste considerable para la colectividad.

El CESE acoge favorablemente el memorándum apoyado por quince Estados miembros en el Consejo de Agricultura de junio de 2008 y titulado Importation d'aliments, d'animaux et de végétaux: sécurité sanitaire et conformité aux règles communautai-). En el presente dictamen, el CESE desea contribuir a la reflexión sobre el margen de perfeccionamiento del dispositivo europeo de seguridad sanitaria. La OMC proporciona un marco jurídico indispensable para evitar los obstáculos al comercio injustificados. El CESE considera importante que se respeten estas normas, aunque propone una serie de ajustes.

El CESE considera que la diferencia de prácticas entre los Estados miembros respecto de los controles a la importación es muy perjudicial, por lo que recomienda que prosiga su armonización y se ponga en práctica sin demora.

A la vez que señala que muchas medidas eficaces de gestión sanitaria de las importaciones se refieren exclusivamente a los productos de origen animal, el CESE considera que merecería la pena extender algunas de ellas a los productos de origen vegetal. Ello permitiría vigilar mejor los riesgos que plantean los residuos de plaguicidas, la contaminación por agentes tóxicos o

las enfermedades de las plantas. En concreto, el CESE recomienda que se incremente el número de misiones de inspección para los productos vegetales y que se someta su importación a listas de establecimientos autorizados y a controles sistemáticos en el punto de entrada.

1.5 A juicio del CESE, las decisiones relativas a las medidas de importación deben basarse en la mayor medida posible en datos objetivos. A tal fin, el CESE desea que se apliquen sistemáticamente los principios de análisis de riesgo, y que se definan con mayor precisión los niveles adecuados de protección previstos por el Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias (Acuerdo SPS).

1.6 Los aspectos socioeconómicos, como las repercusiones económicas de una decisión o su aceptabilidad social, deberían ser objeto de una evaluación independiente tan rigurosa como la evaluación del riesgo sanitario. Varios países, como Canadá o el Reino Unido, cuentan ya con unidades de expertos en temas socioeconómicos en sus agencias de seguridad alimentaria. El CESE propone que la Comisión estudie la conveniencia de crear una agencia independiente de análisis socioeconómico.

1.7 El CESE opina que el sistema de trazabilidad, que es esencial en el modelo europeo de seguridad sanitaria y permite disponer de información sobre un alimento «de la granja a la mesa», debería poder aplicarse a los productos procedentes de terceros países. Este tema debería ser prioritario en las negociaciones bilaterales y en los programas de asistencia técnica en los países menos avanzados.

1.8 El CESE llama la atención sobre las dificultades experimentadas por los productores de los países menos avanzados a la hora de aplicar las normas sanitarias europeas. El CESE anima a que se desarrolle la asistencia técnica al comercio, la transferencia de tecnologías y el apoyo a la instauración de sistemas de trazabilidad y alerta rápida en estos países.

Importación de alimentos, animales y vegetales: seguridad sanitaria conformidad con las normas comunitarias

. Doc. Consejo

10698/08.

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 100/61

Las exigencias aplicables a los productos agrícolas y ali

-menticios importados son inferiores a las que se imponen a los productos procedentes del mercado comunitario, en ámbitos como la trazabilidad, el bienestar de los animales o, de manera más amplia, las normas medioambientales. Teniendo en cuenta que en la actualidad las normas comerciales internacionales no permiten...

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