Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la simplificación de los términos y las condiciones de las transferencias de productos relacionados con la defensa dentro de la Comunidad»COM(2007) 765 final — 2007/0279 (COD)

SectionActos preparatorios
Issuing OrganizationAgencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 100/109

III (Actos preparatorios)

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

448° PLENO DE LOS DÍAS 21, 22 Y 23 DE OCTUBRE DE 2008

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la simplificación de los términos y las condiciones de las transferencias de productos relacionados con la defensa dentro de la Comunidad»

COM(2007) 765 final - 2007/0279 (COD)

(2009/C 100/17)

El 29 de enero de 2008, de conformidad con el artículo 95 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la simplificación de los términos y las condiciones de las transferencias de productos relacionados con la defensa dentro de la Comunidad

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos del Comité en este asunto, aprobó su dictamen el 1 de octubre de 2008 (ponente: Sr. OPRAN).

En su 448 o Pleno de los días 22 y 23 de octubre de 2008 (sesión del 23 de octubre de 2008), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 39 votos a favor, 1 en contra y 16 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

Garantizar la seguridad constituye una de las obligaciones principales de cualquier gobierno. Respecto al espacio europeo se puede concluir que ningún Estado miembro puede estar seguro por sí mismo y que hay que realizar un esfuerzo concertado y común para garantizar un control apropiado de la circulación del material de guerra o, de una manera más general, de los equipos de defensa.

En consecuencia, la solución que el Comité propone es la de lograr un marco común europeo de seguridad y no mantener las barreras intracomunitarias, con todas sus consecuencias perniciosas. Naturalmente, debe tenerse en cuenta que la actual Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y la Política Europea de Seguridad y Defensa (título V del TUE) tienen un carácter intergubernamental, en tanto que la iniciativa de la Comisión destinada a simplificar las transferencias intracomunitarias se lleva a cabo en el primer pilar comunitario (como parte de la legislación del mercado interior).

Percepción de las cargas que soportan las transferencias

El sector de la defensa considera que el actual marco normativo es inadecuado e insuficiente y que genera, además, una pesada carga administrativa.

Al pronunciarse contra las barreras de las transferencias, las empresas del sector tienen incluso una perspectiva más global que el mero nivel de transferencias intracomunitarias. En el

sector de la defensa la globalización es una realidad, ya que son pocos los sistemas complejos que siguen siendo europeos al 100 %, y todos incluyen al menos algunos componentes que no proceden de la UE.

1.3.3 Sin embargo, incluso desde una perspectiva más global, el sector considera que la iniciativa adoptada por la Comisión es un importante paso adelante y, en líneas generales, la respalda.

1.4 Incidencia en los costes

1.4.1 El cálculo preciso de los costes de las barreras para las transferencias intracomunitarias es un proceso muy difícil, ya que pocos de estos costes están publicados y la mayoría de ellos son costes derivados de «no hacer las cosas adecuadamente» o «no hacerlas en absoluto» ( 1

). Para 2003, el coste total anual de

( 1 ) En su estudio A Single European Market for Defence Equipment: Organisation and Collaboration, el profesor Keith Hartley presenta cuatro hipótesis de liberalización que producirían ahorros mucho más importantes, que oscilarían entre los 3 800 millones de euros y los 7 800 millones de euros anuales.

ES Diario Oficial de la Unión Europea 30.4.2009

las barreras intracomunitarias a las transferencias se calculó que sería superior a los 3 160 millones de euros, que se desglosarían fuente: estudio Unisys):

- costes indirectos: 2 730 millones de euros

- costes directos: 430 millones de euros

Los costes suelen clasificarse del siguiente modo:

costes directos: costes estructurales y de procedimiento generados por la ejecución del procedimiento de autorización

  1. costes indirectos ( 1 ): se derivan, sobre todo, de una organización imperfecta del sector (por ejemplo, obstáculos a la subcontratación) y de las prácticas de compra imperfectas de los Estados miembros (por ejemplo, un almacenamiento excesivo de existencias para compensar la larga duración de los procedimientos de autorización en el Estado miembro proveedor).

El Comité considera prioritario que los Estados miembros adopten una serie de instrumentos comunes para gestionar sus transferencias intracomunitarias. Por lo que respecta al ámbito de aplicación de la directiva propuesta, la Lista Común Militar de la UE, que debería actualizarse de manera regular, proporciona ya un lenguaje común.

El...

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