Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (Refundición)»COM(2008) 505 final — 2008/0165 (COD)

SectionActos preparatorios
Issuing OrganizationAgencia Ejecutiva de Consumidores, Salud, Agricultura y Alimentación

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 100/135

4.9 El estiércol se define, de conformidad con el artículo 12, como material de la categoría 2, y debe por tanto eliminarse y utilizarse con arreglo a las normas establecidas de conformidad con el artículo 20. Sin embargo, convendría aclarar que el estiércol que se utiliza para producir energía de otro modo que en instalaciones de biogás no debe tratarse como residuo y que, por tanto, se incinera en incineradoras autorizadas o registradas.

Bruselas, 22 de octubre de 2008.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo Mario SEPI

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (Refundición)»

COM(2008) 505 final - 2008/0165 (COD)

(2009/C 100/23)

El 30 de septiembre de 2008, de conformidad con el artículo 95 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (Refundición)

Considerando que el contenido de la propuesta es plenamente satisfactorio y...

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