Decisión (PESC) 2015/2005 del Consejo, de 10 de noviembre de 2015, por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para Afganistán

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

11.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 294/53

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 33 y su artículo 31, apartado 2,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 22 de julio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/393/PESC (1) por la que se nombraba a D. Franz-Michael SKJOLD MELLBIN Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para Afganistán. Su mandato vence el 31 de octubre de 2015.

(2) El mandato del REUE debe prorrogarse por un período de dieciséis meses.

(3) El REUE ejecutará su mandato en el contexto de una situación que puede deteriorarse e impedir la consecución de los objetivos de la acción exterior de la Unión establecidos en el artículo 21 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Se prorroga el mandato de D. Franz-Michael SKJOLD MELLBIN como REUE para Afganistán hasta el 28 de febrero de 2017. El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE se termine antes de dicha fecha, para lo que se basará en el asesoramiento del Comité Político y de Seguridad (CPS) y en una propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad («Alta Representante»).

El REUE representará a la Unión y promoverá los objetivos políticos de la Unión en Afganistán, en estrecha coordinación con los representantes de los Estados miembros en Afganistán. Más concretamente, el REUE:

a) contribuirá a la aplicación de la Declaración conjunta de la Unión Europea y Afganistán, de la Estrategia de la UE para Afganistán 2014-2016 y, en su caso, del Acuerdo de cooperación sobre asociación y desarrollo UE-Afganistán;

b) apoyará el diálogo político entre la Unión y Afganistán;

c) apoyará el destacado papel desempeñado por las Naciones Unidas (ONU) en Afganistán, haciendo especial hincapié en contribuir a mejorar la coordinación de la asistencia internacional, promoviendo así la aplicación de los comunicados de las Conferencias de Bonn, Chicago, Tokio y Londres, así como las resoluciones pertinentes de la ONU.

A fin de cumplir su mandato, el REUE, en estrecha colaboración con los representantes de los Estados miembros en Afganistán:

a) promoverá el punto de vista de la Unión sobre el proceso político y los acontecimientos en Afganistán;

b) mantendrá un estrecho contacto con las instituciones pertinentes de Afganistán, en particular el Gobierno y el Parlamento, y apoyará su desarrollo, así como el de los poderes locales. El REUE también mantendrá contactos con otros grupos políticos afganos y otros actores pertinentes en Afganistán, en particular los actores pertinentes de la sociedad civil;

c) mantendrá un estrecho contacto con los interesados pertinentes a escala internacional y regional en Afganistán, en particular con el Representante Especial del Secretario General de la ONU y el Alto Representante Civil de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), y otros socios y organizaciones clave;

d) facilitará asesoramiento sobre los progresos realizados para cumplir los objetivos de la Declaración conjunta de la Unión Europea y Afganistán, la Estrategia de la UE para...

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