Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La ATCI y su incidencia en las pymes» (Dictamen de iniciativa)

Sectiondictamen
Issuing OrganizationComité Económico y Social Europeo

17.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 383/34

Ponente: Emmanuelle BUTAUD-STUBBS Coponente: Panagiotis GKOFAS

El 11 de diciembre de 2014, de conformidad con el artículo 29, apartado 2, de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:

La ATCI y su incidencia en las pymes

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La sección especializada de Relaciones Exteriores, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 11 de junio de 2015.

En su 509o pleno de los días 1 y 2 de julio de 2015 (sesión del 2 de julio), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 187 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones el presente dictamen.

1.1. Habida cuenta del peso de las pymes en la economía europea, el CESE considera esencial disponer, especialmente respecto de las repercusiones para el empleo y la deontología, de un estudio de impacto preciso, por sectores y Estados miembros, sobre las consecuencias previsibles para las pymes europeas de la entrada en vigor de la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión (ATCI), de acuerdo con la situación actual de la negociación.

1.2. En efecto, los dos estudios de la Dirección General de Comercio sobre las pymes, uno sobre retos y oportunidades para las pymes exportadoras en general (1) y otro más reciente, de abril de 2015, que se refiere más concretamente a las pymes y la ATCI (2), son útiles pero no cubren todos los aspectos. Si bien son pertinentes para presentar determinadas dificultades relacionadas con la internacionalización de las pymes y los obstáculos con los que se enfrentan desde el punto de vista comercial y reglamentario, no ofrecen en cambio una estimación precisa, justificada y detallada por sectores y Estados miembros de la repercusión posible de la ATCI para las empresas exportadoras y no exportadoras integradas en las diferentes cadenas de valor.

1.3. Por consiguiente, el CESE pide a la Comisión Europea que tenga a bien elaborar un nuevo estudio de impacto sobre las pymes o las empresas muy pequeñas, las microempresas y las profesiones liberales, independientemente de que quieran exportar o no, para cuantificar el impacto potencial de la instauración de un mercado transatlántico integrado en sus sectores de actividad (agricultura y agroalimentación, turismo, artesanía, hoteles, restaurantes, industria, servicios, etc.). Es esencial poder anticipar la manera en que esas empresas se verán afectadas por la apertura de un mercado transatlántico más integrado. ¿Provocará la ATCI una modificación de su modelo económico, sus métodos de producción, su marco normativo, la naturaleza de las prestaciones de servicios o las estrategias desde el punto de vista de la inversión y el empleo en el marco de una nueva situación de competencia

1.4. El CESE quiere aprovechar la oportunidad que ofrecen las negociaciones con los Estados Unidos para comparar las políticas de apoyo a las pymes en ambos lados del Atlántico con un planteamiento basado en pruebas (en particular, la evaluación comparativa de los contratos públicos y las pymes, el acceso a la financiación y a las condiciones del mercado de capitales, la gestión de las catástrofes, los requisitos/información sobre el acceso a los mercados y las normas para las pequeñas empresas (small business standards). Este ejercicio de comparación sin duda permitirá determinar nuevas medidas pertinentes de apoyo a las pymes, con el fin de reforzar la puesta en práctica de la «Small Business Act» europea. El Comité elabora actualmente un dictamen al respecto (INT/755), que se basa en los dictámenes anteriores sobre el mismo tema. Considera que es el momento adecuado para que las instituciones europeas tengan en cuenta el llamamiento que las organizaciones europeas y nacionales de pymes realizaron en favor de una «Small Business Act» jurídicamente vinculante y una mayor coordinación entre las políticas industriales y comerciales. También es necesario que la red de representantes para las pymes (SMEs envoys) se transforme en una verdadera autoridad, más eficaz, de coordinación, seguimiento y ejecución de la política en favor de estas, dentro del mercado interior, defendiendo las nuevas necesidades que tienen y las soluciones más adecuadas para ellas.

1.4.1. La categoría de las pymes dentro de la Unión Europea es de por sí muy heterogénea, con un alto porcentaje de empresas muy pequeñas con menos de nueve empleados. Además, esta distribución de las pymes por tamaño también es muy distinta según los Estados miembros. Lo mismo cabe decir de las profesiones liberales reguladas y no reguladas. Habida cuenta de esta fuerte presencia de microempresas en el ámbito del comercio, la industria y la artesanía, el CESE recomienda que la Comisión Europea, en coordinación con las autoridades de los Estados miembros más afectados (incluidas las universidades y los centros de investigación públicos o privados), organice campañas de sensibilización e información lo más cerca posible de los interesados, y seminarios de formación con el fin de comprender mejor los distintos capítulos de la ATCI y los sectores cubiertos, así como la apertura de mercados y los puntos correspondientes que deben seguirse de cerca.

1.4.2. En la UE las profesiones liberales —reguladas y no reguladas— conforman un sistema de servicios sensibles en favor del cliente y de la población en general a los que se ha asignado un papel específico.

1.5. El CESE celebra la existencia de un capítulo dedicado a las pymes en estas negociaciones, pero desea mejorar el contenido con las propuestas que se recogen en la parte de observaciones específicas. El contenido actual que propone la Comisión Europea debe completarse en varios aspectos, especialmente respecto de las disposiciones sobre representación de las pymes en el futuro Comité Pyme, así como de sus funciones.

El CESE pide a la Comisión Europea, el Parlamento y demás autoridades competentes que se introduzca un capítulo dedicado a las pymes como capítulo permanente en las negociaciones comerciales actuales y futuras de la UE, en el que se tengan en cuenta sus intereses con el fin de aprovechar las ventajas potenciales en las diferentes regiones y mercados.

Ello, junto con el principio de «pensar primero a pequeña escala» aplicado a las políticas comerciales, garantizará que las pymes puedan y logren beneficiarse, así como ser agentes principales de los procesos de globalización.

1.6. El CESE pide al representante para las pymes de la Comisión Europea que garantice que las pequeñas empresas, las microempresas y las profesiones liberales estén representadas en el proceso de negociaciones con al menos un puesto específico en el consejo consultivo de la ATCI (advisory board), con el fin de colmar las lagunas de información, asegurar los conocimientos técnicos multisectoriales y respetar el principio fundamental de transparencia en lo que respecta a la información o los datos de interés común. Por otra parte, recomienda la puesta en marcha de medidas de apoyo a las organizaciones económicas, profesionales y sectoriales de pymes para sus actividades de acompañamiento y asesoramiento a las pymes y las microempresas en cooperación con los organismos científicos y de investigación interesados, así como medidas de financiación en caso necesario. El CESE aboga por el reconocimiento mutuo de las cualificaciones y certificaciones en todos los niveles de actuación pública y por unas condiciones equitativas de competencia en todos los niveles de contratación pública (incluidos los Estados federales, las regiones y los municipios).

A pesar de que los europeos y los estadounidenses definan el término «pyme» de forma diferente, estas representan la parte más significativa de la economía, del valor añadido y de la creación de empleo a ambos lados del Atlántico. Esto implica que el impacto económico más importante de la ATCI que se está negociando, en términos de valor añadido y creación de vínculos, procederá de las pymes y de su capacidad para ganar nuevos mercados y adaptarse a la nueva situación. Diversos estudios muestran que las pymes que participan en la internacionalización son más innovadoras, crecen más rápidamente y crean más puestos de trabajo mejor pagados.

En la UE, una pequeña y mediana empresa es la que emplea a menos de 250 personas y tiene un volumen de negocios inferior a 5 0 0 00 000 EUR. Según las cifras facilitadas por la Comisión Europea, en la UE hay más de 20 millones de pymes, que representan el 98 % de todas las empresas, el 67 % del empleo total y el 58 % del valor añadido bruto. Entre 2002 y 2010, las pymes de la UE crearon el 85 % de todos los nuevos puestos de trabajo de Europa.

Según el informe más reciente de la Comisión Europea, las pymes europeas representan el 28 % del total de las exportaciones directas a los Estados Unidos, lo que refleja el margen de progresión posible. De las 7 90 000 empresas europeas exportadoras a terceros países, 6 19 000 son pymes, de las que 3 53 000 son muy pequeñas empresas de menos de nueve empleados, lo que demuestra que su reducido tamaño no les impide exportar (3).

Por el contrario, el porcentaje de pymes que exportan en la actualidad a los Estados Unidos es relativamente bajo: 1 50 000 según el informe mencionado, incluidas 65 000 con menos de nueve trabajadores. Esta proporción, menos del 1 % de las pymes europeas, que son más de veinte millones, es...

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