Asunto C-243/08: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 4 de junio de 2009 (petición de decisión prejudicial planteada por el Budaörsi Városi Bíróság, Hungría) — Pannon GSM Zrt/Erzsébet Sustikné Győrfi («Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Efectos jurídicos de una cláusula abusiva — Facultad y obligación del juez nacional de examinar de oficio el carácter abusivo de una cláusula atributiva de competencia — Criterios de apreciación»)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 180/19

Petición de decisión prejudicial - College van Beroep voor het Bedrijfsleven (Países Bajos) - Interpretación del artículo 3 bis del Reglamento (CE) n o 795/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, que establece disposiciones de aplicación del de pago único previsto en el Reglamento (CE) n o 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (DO L 141, p. 1), y del artículo 2, letras r) y s), del Reglamento (CE) n o 2419/2001 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones de aplicación del sistema integrado de gestión y control de determinados regímenes de ayudas comunitarios introducido por el Reglamento (CEE) n o 3508/92 del Consejo (DO L 327, p. 11) - Sistema integrado de gestión y de control de determinados regímenes de ayudas - Régimen de pago único - Determinación de la cantidad de referencia - Reducciones y exclusiones

El artículo 3 bis del Reglamento (CE) n o 795/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, que establece disposiciones de aplicación del régimen de pago único previsto en el Reglamento (CE) n o 1782/2003 del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores, modificado por el Reglamento (CE) n o 1974/2004 de la Comisión, de 29 de octubre de 2004, debe interpretarse en el sentido de que las reducciones y las exclusiones basadas en el Reglamento (CE) n o 1254/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno, no deben ser tenidas en cuenta al efectuar el cálculo previsto en el artículo 37, apartado 1, del Reglamento n o 1782/2003.

) DO C 197, de 2.8.2008.

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Kloosterboer Services BV

Demandada: Inspecteur van de Belastingdienst/Douane Rotterdam, kantoor Laan op Zuid

Objeto

Petición de decisión prejudicial - Gerechtshof te Amsterdam - Reglamento (CE) n o 384/2004 de la Comisión, de 1 de marzo de 2004, relativo a la clasificación de ciertas mercancías en la Nomenclatura Combinada (DO L 64, p. 21). Clasificación de los sistemas de refrigeración para ordenadores compuestos por...

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