Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2289 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2016, por el que se aprueba la epsilon-Momfluorotrina como sustancia activa en biocidas del tipo de producto 18

SectionReglamento de ejecución

17.12.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 344/68

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas (1), y en particular su artículo 90, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El 29 de mayo de 2013, el Reino Unido recibió una solicitud, de conformidad con el artículo 11, apartado 1, de la Directiva 98/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), para la inclusión de la sustancia activa epsilon-Momfluorotrina en el anexo I de dicha Directiva para su uso en biocidas del tipo de producto 18, «Insecticidas, acaricidas y productos para controlar otros artrópodos», conforme a la descripción del anexo V de la mencionada Directiva, que corresponde al tipo de producto 18 descrito en el anexo V del Reglamento (UE) n.o 528/2012.

(2) El 6 de octubre de 2015, el Reino Unido presentó un informe de evaluación, junto con sus recomendaciones, de conformidad con el artículo 90, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 528/2012.

(3) El 16 de junio de 2016, el Comité de Biocidas emitió el dictamen de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas teniendo en cuenta las conclusiones de la autoridad competente evaluadora.

(4) Según dicho dictamen, cabe esperar que los biocidas del tipo de producto 18 que contienen epsilon-Momfluorotrina cumplan los criterios del artículo 19, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 528/2012, siempre que se respeten determinadas especificaciones y condiciones de uso.

(5) Procede, por tanto, aprobar el uso de la epsilon-Momfluorotrina en biocidas del tipo de producto 18, siempre que se cumplan determinadas especificaciones y condiciones.

(6) Antes de aprobar una sustancia activa es conveniente dejar que transcurra un plazo razonable, a fin de que las partes interesadas puedan tomar las medidas preparatorias necesarias para cumplir los nuevos requisitos.

(7) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Biocidas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Se aprueba la epsilon-Momfluorotrina como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 18, siempre que se cumplan las especificaciones y condiciones establecidas en el anexo.

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento...

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