Case nº T-242/12 of Tribunal General de la Unión Europea, December 17, 2015

Resolution DateDecember 17, 2015
Issuing OrganizationTribunal General de la Unión Europea
Decision NumberT-242/12

Ayudas de Estado - Ayudas ejecutadas por Francia en favor de Sernam SCS - Ayudas a la reestructuración y recapitalización, garantías y condonación de deudas de Sernam con SNCF - Decisión por la que se declaran las ayudas incompatibles con el mercado interior - Aplicación abusiva de la ayuda - Recuperación - Continuidad económica - Criterio del inversor privado

En el asunto T-242/12,

Société nationale des chemins de fer français (SNCF), con domicilio social en París (Francia), representada por Mes P. Beurier, O. Billard y V. Landes, abogados,

parte demandante,

apoyada por

República Francesa, representada inicialmente por los Sres. D. Colas y J. Gstalter, posteriormente por los Sres. Colas y J. Rossi, y finalmente por el Sr. Colas y la Sra. J. Bousin, en calidad de agentes,

parte coadyuvante,

contra

Comisión Europea, representada por los Sres. T. Maxian Rusche y B. Stromsky, en calidad de agentes,

parte demandada,

apoyada por

Mory SA, en liquidación, con domicilio social en Pantin (Francia),

y

Mory Team, en liquidación, con domicilio social en Pantin,

representadas por Mes B. Vatier y F. Loubières, abogados,

partes coadyuvantes,

que tiene por objeto un recurso de anulación contra la Decisión 2012/398/UE de la Comisión, de 9 de marzo de 2012, relativa a la Ayuda estatal SA. 12522 (C 37/08) - Francia - Aplicación de la Decisión «Sernam 2» (DO L 195, p. 19),

EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Séptima),

integrado por el Sr. M. van der Woude, Presidente, y la Sra. I. Wiszniewska-Białecka y el Sr. I. Ulloa Rubio (Ponente), Jueces;

Secretario: Sra. S. Bukšek Tomac, administradora;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 12 de febrero de 2015,

dicta la siguiente

Sentencia

Antecedentes del litigio

  1. Sobre la demandante y Sernam en el momento de los hechos

    1 Tras ser creada en 1938 con el estatuto de sociedad anónima, la Société nationale des chemins de fer (SNCF; en lo sucesivo, «SNCF» o «demandante») se convirtió en una empresa pública de carácter industrial y comercial (EPIC) a partir del 1 de enero de 1983, con arreglo a la Ley 82-1153, de 30 de diciembre de 1982, de orientación del transporte interior (loi 82-1153, d’orientation des transports intérieurs). Todo su capital (constituido por una dotación estatal y no por acciones) pertenece al Estado.

    2 Desde que la demandante la creó en 1970 como servicio interno, la empresa Sernam se ha dedicado a actividades de mensajería y de transporte urgente de paquetes y de paletas.

    3 En 1993, una reorganización dio lugar a la creación de «Sernam Domaine» y de la filial «Sernam Transport SA». «Sernam Domaine» siguió siendo un servicio interno de SNCF, mientras que «Sernam Transport SA» se creó como filial al 100 % de SNCF y tenía a su vez 24 filiales, a través de las cuales ejercía sus actividades de transporte por carretera.

    4 El 1 de febrero de 2000, Sernam Domaine se transformó en una nueva sociedad comanditaria simple, Sernam SCS, con una personalidad jurídica distinta y filial al 100 % de SNCF. Entre otros activos, Sernam SCS poseía los títulos de participación en el capital de Sernam Transport, que pasó a ser su filial al 100 %.

    5 En diciembre de 2001, Sernam SCS se transformó en Sernam SA. Sernam SA tenía en 2005 diez filiales operativas, así como una empresa de prestaciones de transporte por carretera, Sernam Transport Route (antes Sernam Transport).

  2. Sobre la Decisión Sernam 1

    6 En su Decisión NN 122/00 (ex N 140/00) de 23 de mayo de 2001 (en lo sucesivo, «Decisión Sernam 1»), la Comisión de las Comunidades Europeas consideró ayudas estatales compatibles con el Tratado CE las medidas de apoyo comercial y de saneamiento de Sernam SCS adoptadas por la demandante y que debían aplicarse entre principios de 2001 y finales de 2004, cuyo importe total ascendía a 503 millones de euros. En aquella ocasión, la Comisión indicó que «lamentaba que Francia hubiera ejecutado la ayuda de que se trata, infringiendo así el artículo 88, apartado 3, del Tratado».

    7 La autorización de la ayuda de 503 millones de euros se basó principalmente en el compromiso de la República Francesa de que la empresa sería vendida. En efecto, estaba previsto que Geodis SA adquiriese el 60 % del capital de Sernam SCS. Así, Geodis hubiera debido asumir íntegramente una responsabilidad ilimitada por las deudas de Sernam y cubrir los gastos adicionales de la reestructuración por un importe de 67 millones de euros. Por su parte, Sernam SCS se comprometía a reducir el número de sus centros de explotación de 107 a 72 en el período comprendido entre 1999 y 2004, a reducir su volumen de negocios en un 18 %, a reducir su personal y a llevar a cabo la reestructuración con el presupuesto antes mencionado y en el plazo fijado.

  3. Sobre la Decisión Sernam 2

    8 Mediante escrito de 17 de junio de 2002, las autoridades francesas informaron a la Comisión de que las ayudas aprobadas por la Decisión Sernam 1 se habían ejecutado en condiciones diferentes de las que la Comisión había tenido en cuenta para adoptar su Decisión.

    9 Mediante escrito de 30 de abril de 2003, la Comisión informó a la República Francesa de su decisión de incoar con respecto a esas ayudas el procedimiento establecido en el artículo 88 CE, apartado 2 [Decisión que llevaba por título «Ayudas estatales - Francia - Invitación a presentar observaciones, en aplicación del apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE, sobre la ayuda C 32/03 (ex NN 122/2000) - “Sernam 2: Revisión de las ayudas a la reestructuración”» (DO C 182, p. 2)].

    10 La Comisión procedió a examinar de nuevo la totalidad del expediente basándose en un plan completo de reestructuración actualizado y que reflejaba las nuevas circunstancias. Analizó los nuevos hechos para comprobar en qué medida se ajustaban o no a la Decisión Sernam 1, y verificó en qué medida la nueva situación de hecho en su conjunto en la fecha de la Decisión -comparada con la de la Decisión Sernam 1- era compatible con las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DO 1999, C 288, p. 2), especialmente en lo referente al principio de ayuda única.

    11 En su Decisión 2006/367/CE, de 20 de octubre de 2004, relativa a la ayuda estatal ejecutada parcialmente por Francia en favor de la empresa Sernam (DO 2006, L 140, p. 1; en lo sucesivo, «Decisión Sernam 2»), la Comisión concluyó que se había incumplido la Decisión Sernam 1, lo que constituía un uso abusivo de la ayuda, en el sentido del artículo 1, letra g), del Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo [108 TFUE] (DO L 83, p. 1), así como el punto 43 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

    12 La Comisión constató, no obstante, que las autoridades francesas habían alcanzado varios de los objetivos fijados en la Decisión Sernam 1 y que la ayuda examinada cumplía los requisitos para la modificación de los planes de reestructuración establecidos en el sección 3.2.4 de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis. Así pues, la Comisión confirmó que la ayuda aprobada por la Decisión Sernam 1, de un importe de 503 millones de euros, era compatible con el mercado común siempre que se cumplieran nuevos requisitos.

    13 La Comisión constató igualmente que una ayuda adicional de un importe de 41 millones de euros, abonada por la demandante a Sernam y que era consecuencia directa de la aplicación abusiva de la ayuda aprobada en la Decisión Sernam 1, debía declararse incompatible con el mercado común y ser recuperada con intereses.

    14 La parte dispositiva de la Decisión Sernam 2 está redactada así:

    Artículo 1

    1. La ayuda estatal en favor de la sociedad Sernam, aprobada en mayo de 2001, por un importe de 503 millones EUR, es compatible con el mercado común, siempre que se cumplan los requisitos que establecen los artículos 3 y 4.

    2. La ayuda estatal aplicada por Francia en favor de la sociedad Sernam, por un importe de 41 millones EUR, es incompatible con el mercado común.

    Artículo 2

    1. Francia adoptará todas las medidas necesarias para obtener de su beneficiario la recuperación de la ayuda contemplada en el artículo 1, apartado 2, que ha sido puesta a su disposición ilegalmente.

    2. La recuperación se efectuará sin dilación y con arreglo a los procedimientos del Derecho nacional, siempre que estos permitan la ejecución inmediata y efectiva de la presente Decisión. La ayuda recuperable devengará intereses desde la fecha en que se puso a disposición del beneficiario hasta la de su recuperación. Los intereses se determinarán sobre la base del tipo de referencia utilizado para el cálculo del equivalente de subvención en el marco de las ayudas regionales.

    Artículo 3

    1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

    a) Sernam solo podrá desarrollar sus actividades de transporte de mensajería por ferrocarril con el concepto de Train Bloc Express, “TBE”. A este respecto, SNCF garantiza que ofrecerá a cualquier otro operador que así lo solicite las mismas condiciones que concede a Sernam para el desarrollo de transporte de mercancías por ferrocarril (“TBE”);

    b) en cambio, durante los dos próximos años a partir de la fecha de notificación de la presente Decisión, Sernam deberá sustituir íntegramente sus medios propios y sus servicios de transporte por carretera por medios y servicios de transporte por carretera de una o varias empresas independientes, jurídica y económicamente, de SNCF y seleccionadas por medio de un procedimiento abierto, transparente y no discriminatorio.

    Por medios propios y servicios de transporte por carretera de Sernam se entenderá el conjunto de los medios viales -es decir, los vehículos de transporte por carretera- de la compañía Sernam en plena propiedad o en arrendamiento financiero/alquiler;

    ...

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