Case nº T-457/09 R of Tribunal General de la Unión Europea, July 17, 2014

Resolution DateJuly 17, 2014
Issuing OrganizationTribunal General de la Unión Europea
Decision NumberT-457/09 R

Ayudas de Estado - Reestructuración de WestLB - Ayudas destinadas a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro - Artículo 87 CE, apartado 3, letra b) - Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado común bajo ciertas condiciones - Recurso de anulación - Afectación individual - Interés en ejercitar la acción - Admisibilidad - Colegialidad - Obligación de motivación - Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y a la reestructuración de empresas en crisis - Proporcionalidad - Principio de no discriminación - Artículo 295 CE - Artículo 7, apartado 4, del Reglamento (CE) nº 659/1999

En el asunto T-457/09,

Westfälisch-Lippischer Sparkassen- und Giroverband, con domicilio social en Münster (Alemania), representada inicialmente por los Sres. A. Rosenfeld e I. Liebach, y posteriormente por los Sres. Rosenfeld y O. Corzilius, abogados,

parte demandante,

contra

Comisión Europea, representada inicialmente por los Sres. L. Flynn, K. Gross y B. Martenczuk, y posteriormente por los Sres. Flynn, Martenczuk y T. Maxian Rusche, en calidad de agentes,

parte demandada,

que tiene por objeto un recurso de anulación de la Decisión 2009/971/CE de la Comisión, de 12 de mayo de 2009, relativa a la ayuda estatal C 43/08 (ex N 390/08) que Alemania tiene previsto conceder para la reestructuración de WestLB AG (DO L 345, p. 1),

EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Primera ampliada),

integrado por el Sr. H. Kanninen (Ponente), Presidente, y la Sra. I. Pelikánová y los Sres. E. Buttigieg, A.M. Collins y S. Gervasoni, Jueces;

Secretario: Sra. T. Weiler, administradora;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 6 de diciembre de 2013;

dicta la presente

Sentencia

Hechos

  1. Beneficiario

    1 En la época en que ocurrieron los hechos, WestLB AG era un banco comercial, que operaba a escala internacional, establecido en el Estado federado alemán (Land) de Renania del Norte-Westfalia (en lo sucesivo, «Land de NRW»). Con unos activos brutos de 286 500 millones de euros (situación a 31 de diciembre de 2007), era uno de los principales proveedores de servicios financieros de Alemania. Como banco central de las cajas de ahorro del Land de NRW y del Land de Brandeburgo (Alemania), desempeñaba una función de puente entre estas instituciones bancarias y los mercados financieros mundiales. WestLB ofrecía toda la gama de productos y servicios de un banco universal.

    2 Cuando ocurrieron los hechos, los accionistas de WestLB (en lo sucesivo, «accionistas») eran, en primer lugar, la demandante, a saber, Westfälisch-Lippischer Sparkassen- und Giroverband, en segundo lugar, Rheinischer Sparkassen- und Giroverband, en tercer lugar, el Land de NRW, en cuarto lugar, la Landschaftsverband Westfalen-Lippe, y, en quinto lugar, la Landschaftsverband Rheinland.

    3 La demandante y Rheinischer Sparkassen- und Giroverband son dos agrupaciones de cajas de ahorros de la región de Westfalia-Lippe (Alemania) y de la región de Renania (Alemania), respectivamente, y, en la época en que ocurrieron los hechos, eran propietarias, cada una de ellas, del 25,03 % del capital de WestLB. En cuanto al Land de NRW, era propietario del 37,4 % de dicho capital. Por último, la Landschaftsverband Westfalen-Lippe y la Landschaftsverband Rheinland son dos agrupaciones de municipios de la región de Westfalia-Lippe y de la región de Renania, respectivamente, cada una de ellas propietaria del 6,09 % de dicho capital.

  2. Dificultades financieras de WestLB y notificación del banco malo

    4 A partir de mediados del año 2007, las inversiones en cartera estructuradas de WestLB, de un valor nominal de 23 000 millones de euros, entre las que había créditos hipotecarios arriesgados (subprimes) (en lo sucesivo, «cartera de 23 000 millones de euros»), se desvalorizaron. Al no poder refinanciar esta cartera en el mercado, WestLB tuvo que consolidarla en su balance, consignando en el mismo importantes pérdidas.

    5 El 20 de enero de 2008, durante una reunión de urgencia, los accionistas decidieron, por una parte, inyectar hasta 2 000 millones de euros en WestLB para compensar las pérdidas previstas del año 2007 y las depreciaciones contables temporales y, por otra parte, que WestLB pondría en marcha planes de reestructuración y negociaría una posible fusión con el Landesbank (banco regional) de los Estados federados alemanes (Länder) de Hesse y de Turingia (en lo sucesivo, «Helaba»).

    6 El 7 de febrero de 2008, la República Federal de Alemania informó a la Comisión de las Comunidades Europeas de que, de no adoptarse medidas de apoyo, existía el riesgo de que, a 31 de marzo de 2008, WestLB dejara de cumplir los requisitos mínimos de capital legalmente exigidos.

    7 El 8 de febrero de 2008, los accionistas llegaron a un acuerdo denominado «documento sobre cuestiones clave» (Eckpunktepapier). En dicho acuerdo se preveía una medida sustitutoria de las que se contemplaron el 20 de enero de 2008, a saber, la creación de un banco malo (en lo sucesivo, banco malo), dirigida a aislar WestLB de los riesgos derivados de la cartera de 23 000 millones de euros. Ese mismo día, la República Federal de Alemania informó a la Comisión de la existencia del acuerdo, que fue notificado el 27 de marzo de 2008.

    8 El 31 de marzo de 2008, los accionistas aprobaron la creación del banco malo, sujeta a la autorización del Parlamento del Land de NRW.

  3. Descripción del banco malo

    9 La creación del banco malo suponía la venta, con efecto desde el 31 de marzo de 2008, de la cartera de 23 000 millones de euros, por su valor nominal, a una sociedad vehicular establecida en Irlanda, Phoenix Light SF Ltd (en lo sucesivo, «Phoenix Light»). Dicha sociedad se había comprometido a seguir refinanciando dicha cartera.

    10 Para pagar el precio de venta, Phoenix Light emitió obligaciones por un valor nominal de 23 000 millones de euros. Las obligaciones se emitieron en dos tramos. El primer tramo estaba formado por obligaciones comunes (en lo sucesivo, «senior notes»), de un valor nominal total de 18 000 millones de euros. El segundo tramo estaba formado por obligaciones subordinadas, que se ven afectadas prioritariamente en caso de impago de los activos transferidos (en lo sucesivo, «junior notes»), de un valor nominal total de 5 000 millones de euros.

    11 El Land de NRW avaló la devolución de la totalidad del capital cubierto por las junior notes frente a sus titulares. Según el Eckpunktepapier, podía solicitar de los otros cuatro accionistas una compensación proporcional a su participación en WestLB por cualquier rembolso efectuado en virtud de la garantía de este modo constituida (en lo sucesivo, «garantía controvertida»), con un límite de 2 000 millones de euros. En caso de que se requiriera hacer uso de los 3 000 millones de euros adicionales, el Land de NRW podía solicitar que estos accionistas le transfirieran el número correspondiente de sus acciones de WestLB. Los accionistas podían también convenir una compensación en efectivo.

    12 Phoenix Light debía pagar anualmente una comisión de aval por la garantía controvertida. Debía asimismo remunerar a los titulares de las obligaciones. Estos gastos y todos los gastos administrativos del banco malo se cubrieron mediante la remuneración por los títulos transferidos a Phoenix Light.

    13 A continuación, WestLB compró las junior notes por dos razones. Por una parte, al estar las obligaciones cubiertas por la garantía del Land de NRW, los auditores de WestLB consideraron que, a diferencia de la cartera de 23 000 millones de euros, su valor no debía corregirse a la baja. Por otra parte, las junior notes podían utilizarse como garantía para conseguir los fondos necesarios para su compra.

    14 WestLB también compró las senior notes.

  4. Notificación complementaria

    15 El 11 de abril de 2008, la República Federal de Alemania remitió a la Comisión una notificación complementaria relativa al banco malo. Señaló que, a raíz de la autorización por el Parlamento del Land de NRW, se había creado tal estructura y, aun reconociendo que su realización implicaba la concesión de una ayuda estatal, solicitó su autorización inmediata como ayuda de salvamento. La República Federal de Alemania se comprometió a presentar a la Comisión, en un plazo de seis meses, que vencía el 8 de agosto de 2008, bien un plan de reestructuración de WestLB, bien la prueba de que la garantía controvertida había cesado completamente. Señaló que, en esta segunda hipótesis, WestLB debería rembolsar los «abonos» que, en su caso, hubiera percibido y que se anularían todos los efectos económicos de la garantía.

  5. Autorización de la garantía controvertida por un período de seis meses

    16 El 30 de abril de 2008, la Comisión adoptó la Decisión C(2008) 1628 final, relativa al banco malo creado por la República Federal de Alemania en beneficio de WestLB (ayuda NN 25/2008, ex CP 15/08) (en lo sucesivo, «Decisión provisional»).

    17 En esta Decisión, la Comisión consideró, en primer lugar, que la garantía controvertida era una ayuda estatal en el sentido del artículo 87 CE (considerandos 28 a 39 de la Decisión provisional).

    18 En segundo lugar, la Comisión señaló que la ayuda mencionada en el apartado anterior no estaba destinada a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro. En consecuencia, no podía considerarse compatible con el mercado común con arreglo al artículo 87 CE, apartado 3, letra b). Sin embargo, después de haber examinado la ayuda a la luz de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DO 2004, C 244, p. 2; en lo sucesivo, «Directrices de salvamento y reestructuración»), la Comisión consideró que podía autorizarla en virtud del artículo 87 CE, apartado 3, letra c) (considerandos 41 a 58 de la Decisión provisional).

    19 A este respecto, la Comisión señaló, en primer lugar, que WestLB era una empresa en crisis en el sentido de las Directrices de salvamento y...

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