Case nº C-330/16 of Tribunal de Justicia, Sala Novena, June 01, 2017

Resolution DateJune 01, 2017
Issuing OrganizationSala Novena
Decision NumberC-330/16

En el asunto C-330/16,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Sąd Okręgowy w Warszawie (Tribunal Regional de Varsovia, Polonia), mediante resolución de 16 de mayo de 2016, recibida en el Tribunal de Justicia el 10 de junio de 2016, en el procedimiento entre

Piotr Zarski

y

Andrzej Stadnicki,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Novena),

integrado por el Sr. E. Juhász, Presidente de Sala, y los Sres. C. Vajda y C. Lycourgos (Ponente), Jueces;

Abogado General: Sr. M. Bobek;

Secretario: Sr. A. Calot Escobar;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos;

consideradas las observaciones presentadas:

- en nombre del Sr. Piotr Zarski, por los Sres. B. Stankiewicz y Z. Korsak y por la Sra. A. Ostrowska-Maciąg, Radcy Prawni;

- en nombre del Gobierno polaco, por el Sr. B. Majczyna, en calidad de agente;

- en nombre del Gobierno español, por el Sr. M. A. Sampol Pucurull, en calidad de agente;

- en nombre de la Comisión Europea, por las Sras. M. Patakia y A. C. Becker y por el Sr. J. Szczodrowski, en calidad de agentes;

vista la decisión adoptada por el Tribunal de Justicia, oído el Abogado General, de que el asunto sea juzgado sin conclusiones;

dicta la siguiente

Sentencia

1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del artículo 1, apartado 1, del artículo 2, punto 1, del artículo 3, del artículo 6, del artículo 8 y del artículo 12, apartado 4, de la Directiva 2011/7/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (DO 2011, L 48, p. 1).

2 Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre el Sr. Piotr Zarski y el Sr. Andrzej Stadnicki acerca de la compensación por los costes de cobro asumidos por el Sr. Zarski para recuperar del Sr. Stadnicki retrasos en la renta por arrendamiento.

Marco jurídico

Derecho de la Unión

Directiva 2000/35/CE

3 El artículo 6, apartado 3, de la Directiva 2000/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (DO 2000, L 200, p. 35), dispone lo siguiente:

Al transponer la presente Directiva los Estados miembros podrán excluir del ámbito de aplicación:

[...]

b) los contratos celebrados antes del 8 de agosto de 2002 [...]

Directiva 2011/7

4 El considerando 12 de la Directiva 2011/7 expone lo siguiente:

La morosidad constituye un incumplimiento de contrato que se ha hecho económicamente provechoso para los deudores en la mayoría de los Estados miembros a causa de los bajos intereses aplicados o la no aplicación de intereses a los pagos que incurren en demora o de la lentitud de los procedimientos de recurso. Es necesario un cambio decisivo hacia una cultura de pago sin demora, que prevea, entre otras cosas, que la exclusión del derecho a cobrar intereses sea siempre considerada una práctica o una cláusula contractual manifiestamente abusiva, para invertir esta tendencia y desalentar la morosidad. Este cambio también debe incluir la introducción de disposiciones concretas sobre los plazos de pago y la compensación a los acreedores por los costes en que hayan incurrido así como, entre otras cosas, la indicación de que la exclusión del derecho a una compensación por los costes de cobro debe presumirse manifiestamente abusiva.

5 Con arreglo al artículo 1, apartado 1, de la Directiva 2011/7:

El objeto de la presente Directiva es la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales a fin de asegurar el funcionamiento adecuado del mercado interior, fomentando de este modo la competitividad de las empresas y, en particular, de las PYME.

6 El artículo 2 de esta Directiva establece:

A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:

1) “operaciones comerciales”: las realizadas entre empresas o entre empresas y poderes públicos que den lugar a la entrega de bienes o a la prestación de servicios a cambio de una contraprestación;

[...]

7 Bajo el epígrafe «Compensación por los costes de cobro», el artículo 6 de la Directiva 2011/7 establece:

1. Los Estados miembros se asegurarán de que, en los casos en que resulte exigible el interés de demora en las operaciones comerciales con arreglo a los artículos 3 o 4, el acreedor tenga derecho a cobrar al deudor, como mínimo, una cantidad fija de 40 [euros].

2. Los Estados miembros se asegurarán de que la cantidad fija mencionada en el apartado 1 sea pagadera sin necesidad de recordatorio...

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