Case nº C-214/16 of Tribunal de Justicia, November 29, 2017

Resolution DateNovember 29, 2017
Issuing OrganizationTribunal de Justicia
Decision NumberC-214/16

En el asunto C-214/16,

que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Court of Appeal (England & Wales) (Civil Division) [Tribunal de Apelación de Inglaterra y Gales, Sala de lo Civil, Reino Unido], mediante resolución de 30 de marzo de 2016, recibida en el Tribunal de Justicia el 18 de abril de 2016, en el procedimiento entre

Conley King

y

The Sash Window Workshop Ltd,

Richard Dollar,

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta),

integrado por el Sr. J.L. da Cruz Vilaça, Presidente de Sala, y los Sres. E. Levits (Ponente) y A. Borg Barthet, la Sra. M. Berger y el Sr. F. Biltgen, Jueces;

Abogado General: Sr. E. Tanchev;

Secretaria: Sra. C. Strömholm, adminstradora;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 29 de marzo de 2017;

consideradas las observaciones presentadas:

- en nombre del Sr. King, por la Sra. C. Gliroy-Scott, Solicitor, y por el Sr. A. Dashwood, QC, y el Sr. J. Williams, Barrister;

- en nombre de The Sash Window Workshop Ltd y el Sr. Dollar, por el Sr. M. Pilgerstorfer, Barrister, designado por el Sr. J. Potts, Solicitor;

- en nombre del Gobierno del Reino Unido, por la Sra. S. Simmons, en calidad de agente, asistida por el Sr. C. Banner, Barrister;

- en nombre de la Comisión Europea, por los Sres. M. van Beek y J. Tomkin, en calidad de agentes;

oídas las conclusiones del Abogado General, presentadas en audiencia pública el 8 de junio de 2017;

dicta la siguiente

Sentencia

1 La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9).

2 Dicha petición se ha presentado en el marco de un litigio entre el Sr. Conley King y su antiguo empresario, The Sash Window Workshop Ltd y el Sr. Dollar (en lo sucesivo, «Sash WW»), acerca de la solicitud del primero para obtener una compensación económica en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas durante los años 1999 a 2012.

Marco jurídico

El Convenio n.º 132 de la Organización Internacional del Trabajo

3 El artículo 9, apartado 1, del Convenio n.º 132 de la Organización Internacional del Trabajo, de 24 de junio de 1970, relativo a las vacaciones anuales pagadas (revisado), estipula:

La parte ininterrumpida de las vacaciones anuales pagadas mencionada en el [apartado] 2 del artículo 8 deberá concederse y disfrutarse a más tardar en el plazo de un año, a partir del final del año en que se haya originado el derecho a esas vacaciones, y el resto de las vacaciones anuales pagadas, a más tardar dentro de los dieciocho meses, contados a partir de dicha fecha.

4 El citado Convenio fue ratificado por treinta y siete Estados, entre los que no se encuentra el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Derecho de la Unión

5 A tenor del considerando 6 de la Directiva 2003/88:

Conviene tener en cuenta los principios de la Organización Internacional del Trabajo por lo que respecta a la distribución del tiempo de trabajo, [...]

.

6 El artículo 1 de dicha Directiva define su objeto y ámbito de aplicación. Establece lo siguiente:

1. La presente Directiva establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en materia de ordenación del tiempo de trabajo.

2. La presente Directiva se aplicará:

a) a los períodos mínimos [...] de vacaciones anuales [...]

[...]

.

7 El artículo 7 de la misma Directiva es del siguiente tenor:

Vacaciones anuales

1. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que todos los trabajadores dispongan de un período de al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas, de conformidad con las condiciones de obtención y concesión establecidas en las legislaciones y/o prácticas nacionales.

2. El período mínimo de vacaciones anuales retribuidas no podrá ser sustituido por una compensación financiera, excepto en caso de conclusión de la relación laboral.

8 El artículo 17 de la citada Directiva dispone que los Estados miembros pueden establecer excepciones a algunas de sus disposiciones. No se admiten excepciones respecto al artículo 7 de la Directiva 2003/88.

Derecho del Reino Unido

9 La Directiva 2003/88 fue transpuesta en el Derecho del Reino Unido por el Working Time Regulations 1998 (Reglamento de 1998 sobre ordenación del tiempo de trabajo), en su versión modificada (en lo sucesivo, «Reglamento de 1998»).

10 El artículo 13 del Reglamento de 1998 establece el derecho del trabajador a disfrutar de vacaciones anuales. Su apartado 1 está redactado como sigue:

[...] el trabajador tendrá derecho a disfrutar de cuatro semanas de vacaciones por cada año de devengo de las mismas

.

11 El artículo 13, apartado 9, de dicho Reglamento dispone:

Las vacaciones a las que el trabajador tiene derecho con arreglo al presente artículo podrán ser disfrutadas en varios períodos, si bien:

a) sólo podrán ser disfrutadas durante el año de trabajo al que corresponda el devengo de dichas vacaciones,

b) no podrán ser sustituidas por una compensación financiera excepto cuando se resuelva el contrato de trabajo del trabajador.

12 El artículo 16 del citado Reglamento regula el derecho del trabajador a obtener una retribución por un período de vacaciones anuales. El apartado 1 de dicho artículo tiene la siguiente redacción:

El trabajador tendrá derecho a ser retribuido por cualquier período de vacaciones anuales a que tenga derecho con arreglo al artículo 13 con un salario equivalente a una semana de salario por cada semana de vacaciones.

13 El artículo 30, apartado 1, de ese Reglamento confiere al trabajador el siguiente derecho:

(1) El trabajador podrá interponer ante el Employment Tribunal [(Tribunal de lo Social)] una demanda mediante la cual alegue que su empresario:

a) se ha negado a permitirle ejercer cualquier derecho que le ampare en virtud

i) [...] del artículo 13, apartado 1, [...];

[...] o

b) se ha negado a pagarle la totalidad o parte del importe que le adeuda en virtud del [...] artículo 16, apartado 1.

2. El Employment Tribunal [(Tribunal de lo Social)] únicamente estimará las demandas interpuestas en virtud del presente artículo si dichas demandas son interpuestas:

(a) antes de que finalice el período de tres meses con inicio en la fecha en la que supuestamente se debería haber permitido el ejercicio de dicho derecho (o, si se trata de un período de descanso o de vacaciones con una duración de más de un día, [en] la fecha en la cual se debería haber permitido el inicio del disfrute de dicho período) o, según corresponda, en la cual debería haberse efectuado el pago;

(b) dentro del plazo adicional que el Employment Tribunal [(Tribunal de lo Social)] considere razonable en caso de que se demuestre que, dentro de lo razonable, no era viable interponer la demanda antes de que finalizara dicho período de tres meses o de seis meses, según corresponda.

[...]

Litigio principal y cuestiones prejudiciales

14 El Sr. King trabajó para Sash WW en virtud de un «contrato por cuenta propia únicamente a comisión», del 1 de junio de 1999 hasta el momento de su jubilación, a saber, el 6 de octubre de 2012. En virtud de ese contrato, el Sr. King percibía únicamente comisiones. Cuando disfrutaba de vacaciones anuales, éstas no eran retribuidas.

15 Al concluir su relación laboral, el Sr. King reclamó a su empresario el pago de una compensación económica por sus vacaciones anuales, disfrutadas y no retribuidas y por las no disfrutadas, correspondientes a la totalidad del período durante el cual había trabajado, a saber, del 1 de junio de 1999 al 6 de octubre de 2012. Sash WW denegó la solicitud del Sr. King porque consideraba que éste tenía el estatuto de trabajador por cuenta propia.

16 El Sr. King interpuso un recurso ante el Employment Tribunal (Tribunal de lo Social, Reino Unido) competente. Éste distinguió tres categorías de vacaciones anuales, en relación con las cuales consta que ninguna de ellas había sido retribuida:

- la «compensación de vacaciones retribuidas de tipo 1», que corresponde a las vacaciones devengadas pero no disfrutadas en la fecha en que concluyó la relación laboral durante el último año de devengo (2012-2013);

- la «compensación de vacaciones retribuidas de tipo 2», que corresponde a las vacaciones efectivamente disfrutadas entre el año 1999 y el año 2012, pero por las cuales no se percibió retribución alguna;

- la «compensación de vacaciones retribuidas de tipo 3», correspondiente a las vacaciones devengadas pero no disfrutadas durante todo el período durante el cual el Sr. King trabajó, es decir, 24,15 semanas en total.

17 En su resolución, el Employment Tribunal (Tribunal de lo Social) estimó que el Sr. King debía ser calificado de «trabajador», en el sentido de la Directiva 2003/88, y que tenía derecho a las tres categorías de compensación por las vacaciones anuales retribuidas reclamadas.

18 Sash WW recurrió la resolución del Employment Tribunal (Tribunal de lo Social) ante el Employment Appeal Tribunal (Tribunal de Apelación de lo Social, Reino Unido), que estimó el recurso y...

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