Comunicaciones al DO nº C-232/17 of Tribunal de Justicia, Sala Séptima, July 21, 2017

Resolution DateJuly 21, 2017
Issuing OrganizationSala Séptima
Decision NumberC-232/17

Petición de decisión prejudicial planteada por el Budai Központi Kerületi Bíróság (Hungría) el 4 de mayo de 2017 - VE / WD

(Asunto C-232/17)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Budai Központi Kerületi Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandante: VE

Demandada: WD

Cuestiones prejudiciales

En relación con la interpretación de la posibilidad de tener conocimiento de todas las cláusulas a la que hace referencia el vigésimo considerando de la Directiva 93/13 1 y de la exigencia de claridad y comprensibilidad establecida en los artículos 4, apartado 2, y 5 de la misma Directiva, ¿procede considerar que las correspondientes cláusulas contractuales no son abusivas en el supuesto de que el consumidor sólo pueda tener conocimiento de la cuantía de algún elemento esencial del contrato de préstamo (el objeto del contrato, a saber, el importe del préstamo, las cuotas de devolución y los intereses de la operación) una vez celebrado el contrato (no porque sea objetivamente necesario, sino en virtud de una estipulación en este sentido establecida por la parte contratante profesional en las condiciones generales de la contratación que no ha sido negociada individualmente) mediante una declaración de voluntad unilateral (aunque se indique que forma parte del contrato) de la parte contratante profesional que es jurídicamente vinculante para el consumidor?

En relación con la interpretación de la posibilidad de tener conocimiento de todas las cláusulas a la que hace referencia el vigésimo considerando de la Directiva 93/13 y de la exigencia de claridad y comprensibilidad establecida en los artículos 4, apartado 2, y 5 de la misma Directiva, ¿procede considerar que las correspondientes cláusulas contractuales no son abusivas en el supuesto de que el contrato de préstamo sólo comunique algún elemento esencial (el objeto del contrato, a saber, el importe del préstamo, las cuotas de devolución y los intereses de la operación) utilizando la expresión «a título informativo», sin aclarar si el fragmento comunicado a título informativo es o no jurídicamente vinculante, o si cabe o no fundamentar en él derechos y obligaciones?

En relación con la interpretación de la posibilidad de tener conocimiento de todas las cláusulas a la que hace referencia el vigésimo considerando de la Directiva 93/13 y de la exigencia de claridad y comprensibilidad establecida en los artículos 4, apartado 2, y 5 de la misma Directiva, ¿procede...

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