Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el marco para el despliegue de los sistemas de transporte inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte» COM(2008) 887 final — 2008/0263 (COD)

SectionActos preparatorios

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Diario Oficial de la Unión Europea C 277/85

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el marco para el despliegue de los sistemas de transporte inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte»

COM(2008) 887 final - 2008/0263 (COD)

(2009/C 277/17)

Ponente: Josef ZBOŘIL

El 29 de enero de 2009, de conformidad con el artículo 295 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, el Consejo decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre la

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el marco para el despliegue de los sistemas de transporte inteligentes en el sector del transporte por carretera y para las interfaces con otros modos de transporte

COM(2008) 887 final - 2008/0163 (COD).

La Sección Especializada de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 15 de abril de 2009 (ponente: Josef ZBOŘIL).

En su 453o Pleno de los días 13 y 14 de mayo de 2009 (sesión del 13 de mayo de 2009), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 183 votos a favor, 3 en contra y 6 abstenciones el presente Dictamen.

Conclusiones y recomendaciones

El CESE expresa su satisfacción por la iniciativa de la ComiEuropea y considera que es indispensable garantizar la exisde un sistema de transporte fiable, funcional, eficaz y en el sector del tráfico viario (esto incluye también los serofrecidos en este ámbito).

El Comité suscribe la aprobación, con vistas a la aplicación de implantación de sistemas de transporte por carretera

(STI), de la propuesta de Directiva, que ofrece el marco necesario para la coordinación del sistema de transporte al tiempo que conserva la flexibilidad indispensable el respeto de los principios de proporcionalidad y

Con el fin de garantizar la viabilidad de la red de infraesviarias y la posibilidad de circular fácilmente por ellas, disponer permanente e ininterrumpidamente de infory datos actualizados sobre carreteras, en los que se dé de incidencias o fenómenos que limiten, total o parcialen un punto o en un sector dado, la posibilidad de circula red de infraestructuras. Los sistemas de transporte deben proporcionar en tiempo real información fiable y uniforme, y los usuarios deben beneficiarse de la de elección.

El CESE considera conveniente establecer una estructura común que presente los fenómenos e incidencias

tengan un impacto en la posibilidad de circular por la red de viarias o la viabilidad de ésta, así como en la segula fluidez del tráfico (como el sistema Alert-C). Es necesaotro lado, definir un formato común XML para el de datos acerca de la situación del tráfico y la inforsobre la circulación. Deben definirse también dos tipos de por una parte, aquellas por las que se creará una única referencias geográficas que representará las infraestructuviarias, con el fin de hacer posible una única localización digilos fenómenos e incidencias, y, por otra, aquellas que la información relativa a la red de carreteras, a sus comy a sus infraestructuras asociadas.

1.5. Los datos necesarios, su análisis y su difusión entre los usuarios finales interesados deberían circular en el sistema sin aumentar excesivamente la carga de trabajo de los conductores, y permitir, por el contrario, mejorar la comodidad de estos últimos y, por consiguiente, reforzar la seguridad en carretera.

1.6. El CESE recomienda que se establezca rápidamente la estructura de los sistemas de transporte inteligentes a nivel nacional y se integren en ella algunas funciones exactamente definidas. Recomienda, por otro lado, la imposición de normas mínimas para el equipamiento de los ejes de las redes transeuropeas de transporte (RTE-T) con sistemas telemáticos, que deben ejercer las funciones concretas necesarias.

1.7. El Comité destaca que, para la puesta en marcha de esta infraestructura, se debería contar con una financiación adecuada a cargo de la Comunidad, los Estados miembros y el sector privado. Los gastos de explotación deberían estar cubiertos por recursos procedentes de tasas, ingresos fiscales o peajes. Conviene, por otro lado, definir con más precisión las exigencias relativas a los servicios centrales nacionales encargados de la recogida, el análisis, la comunicación, la publicación, la difusión y el intercambio transfronterizo de datos e información sobre la circulación.

1.8. Los sistemas de transporte inteligentes se basan en la utilización creciente de un gran volumen de datos. Por consiguiente, su aplicación requiere el desarrollo de una visión a largo plazo que tenga en cuenta no sólo las aplicaciones actuales, sino igualmente la evolución futura que podrían experimentar los sistemas, así como el papel y la responsabilidad de las diversas partes interesadas. Los sistemas de transporte inteligentes utilizados deben respetar debidamente la protección de los datos personales. La directiva y el plan de acción deben garantizar la protección contra cualquier utilización abusiva gracias a disposiciones técnicas, tecnológicas, organizativas o jurídicas conformes al Derecho comunitario y a las legislaciones nacionales

(1) Declaración del Grupo de trabajo creado en virtud del artículo 29 de la Directiva 95/46/CE sobre «la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos», WP 101, aprobada el 25 de noviembre de 2004. http://ec.europa.eu/justice_home/fsj/privacy/docs/wpdocs/ 2004/wp101_fr.pdf.

(1).

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Diario Oficial de la Unión Europea 17.11.2009

El CESE recomienda que en el plan de acción se incluyan adecuados para el fomento de las tecnologías

de la información en el sector de los transportes, por previendo la organización de concursos para recompenvehículos inteligentes.

Introducción, documentos de la Comisión

La revisión intermedia del Libro Blanco de la Comisión sobre la política de transportes señala que la innovación de forma significativa a un desarrollo más sostenible

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