Auto nº T-41/18 of Tribunal General de la Unión Europea, Sala Novena, June 27, 2018

Resolution DateJune 27, 2018
Issuing OrganizationSala Novena
Decision NumberT-41/18

Recurso por omisión - Salud pública - Expiración del plazo para recurrir - Segundo requerimiento para que se actúe - Extemporaneidad - Inadmisibilidad manifiesta

En el asunto T-41/18,

Autoridad Portuaria de Vigo, con domicilio en Vigo (Pontevedra), representada por el Sr. J.R. Costas Alonso, abogado,

parte demandante,

contra

Comisión Europea,

parte demandada,

que tiene por objeto una demanda basada en el artículo 263 TFUE y mediante la que se solicita que se declare que la Comisión se abstuvo ilegalmente de velar por la aplicación uniforme de la normativa de la Unión Europea relativa a la importación de productos de origen animal procedentes de países terceros,

EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Novena),

integrado por el Sr. S. Gervasoni (Ponente), Presidente, y los Sres. L. Madise y R. da Silva Passos, Jueces;

Secretario: Sr. E. Coulon;

dicta el siguiente

Auto

Antecedentes del litigio, procedimiento y pretensiones de la demandante

1 En el marco de la política de incremento de la seguridad alimentaria en Europa, el legislador de la Unión ha adoptado una serie de actos, entre los que se incluyen el Reglamento (CE) n.º 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DO 2004, L 139, p. 55), y el Reglamento (CE) n.º 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano (DO 2004, L 139, p. 206). Los Reglamentos n.os 853/2004 y 854/2004 han sido objeto de modificaciones y de correcciones de errores en varias ocasiones.

2 El 12 de junio de 2017, la demandante, la Autoridad Portuaria de Vigo, envió una carta de requerimiento a la Comisión Europea, a fin de que esta institución adoptara medidas frente a la aplicación divergente por algunos Estados miembros de las condiciones de importación previstas por los citados Reglamentos en lo que atañe a determinados productos de origen animal. La Autoridad Portuaria de Vigo participó en una reunión con la Comisión, celebrada el 12 de julio de 2017, con vistas a abordar las diferentes cuestiones suscitadas en su carta de requerimiento.

3 Al no haber recibido respuesta de la Comisión, la demandante le envió una segunda carta de requerimiento el 30 de octubre de 2017.

4 Mediante demanda presentada en la Secretaría del Tribunal el 24 de...

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