Comunicaciones al DO nº C-269/18 PPU of Tribunal de Justicia, Sala 1ª, July 20, 2018
Resolution Date | July 20, 2018 |
Issuing Organization | Sala Primera |
Decision Number | C-269/18 PPU |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 19 de abril de 2018 - Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie, J, S / C, Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie
(Asunto C-269/18)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Raad van State
Partes en el procedimiento principal
Demandantes: Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie, J, S
Demandada: C, Staatssecretaris van Veiligheid en Justitie
Cuestiones prejudiciales
En el caso de que una autoridad decisoria haya desestimado una solicitud de protección internacional por ser manifiestamente infundada en el sentido del artículo 46, apartado 6, letra a), de la Directiva 2013/32/UE 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (refundición) (DO 2013, L 180, p. 60), y el recurso interpuesto contra tal desestimación ante un órgano jurisdiccional no tenga efecto suspensivo automático en virtud del Derecho nacional, ¿debe interpretarse el artículo 46, apartado 8, de dicha Directiva en el sentido de que la mera presentación de una demanda de medidas cautelares tiene como consecuencia que el solicitante ya no se halla en situación irregular en el territorio del Estado miembro en el sentido del artículo 3 de la Directiva 2008/115/CE 2 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular (DO 2008, L 348, p. 98) y, por tanto, queda comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva 2013/33/UE 3 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (texto refundido) (DO 2013, L 180, p. 96)?
¿Tiene alguna...
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