Case nº T-671/16 of Tribunal General de la Unión Europea, September 05, 2018

Resolution DateSeptember 05, 2018
Issuing OrganizationTribunal General de la Unión Europea
Decision NumberT-671/16

Función pública - Selección - Oposición general - Convocatoria de oposición EPSO/AD/303/15 (AD 7) - Comprobación por la EPSO de los requisitos de admisión a la oposición - Experiencia profesional de duración inferior a la mínima exigida - Naturaleza de la supervisión del requisito de admisión relacionado con la experiencia profesional - Deber de motivación - Error manifiesto de apreciación del tribunal calificador de la oposición - Igualdad de trato

En el asunto T-671/16,

Vincent Villeneuve, con domicilio en Montpellier (Francia), representado por el Sr. C. Mourato, avocat,

parte demandante,

contra

Comisión Europea, representada por el Sr. G. Gattinara y la Sra. L. Radu Bouyon, en calidad de agentes,

parte demandada,

que tiene por objeto un recurso basado en el artículo 270 TFUE que tiene por objeto la anulación de la decisión del tribunal calificador de la oposición de 5 de noviembre de 2015, por la que se inadmite la candidatura del demandante a la oposición general sobre títulos y pruebas EPSO/AD/303/15 - Cooperación al desarrollo y gestión de la ayuda a los países no pertenecientes a la UE (AD 7),

EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Cuarta),

integrado por el Sr. H. Kanninen (Ponente), Presidente, y los Sres. J. Schwarcz y C. Iliopoulos, Jueces;

Secretario: Sra. G. Predonzani, administradora;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 8 de noviembre de 2017;

dicta la siguiente

Sentencia

Antecedentes del litigio

1 La convocatoria de oposición general EPSO/AD/303/15 - Cooperación para el desarrollo y gestión de la ayuda a países no pertenecientes a la UE (AD 7) (DO 2015, C 150 A, p. 1; en lo sucesivo, «convocatoria de oposición»), contenía cuatro epígrafes distintos, rubricados respectivamente «Cometido de los administradores», «Condiciones que deben reunir los candidatos», «Proceso de selección» y «Presentación de la candidatura».

2 En el epígrafe «Condiciones que deben reunir los candidatos» se indicaba que todas las «condiciones generales» y las «condiciones específicas» relativas a las lenguas, los títulos y la experiencia profesional debían reunirse en el momento en que los candidatos validasen su candidatura.

3 En cuanto a las condiciones específicas sobre cualificaciones y experiencia laboral, se requería lo siguiente:

Haber finalizado un ciclo de cuatro años como mínimo de estudios universitarios acreditado por un título o diploma y tener como mínimo 6 años de experiencia profesional en el ámbito de la oposición tras la obtención del título

o

Haber finalizado un ciclo de tres años como mínimo de estudios universitarios acreditado por un título o diploma y tener como mínimo 7 años de experiencia profesional en el ámbito de la oposición tras la obtención del título

.

4 En el epígrafe «Proceso de selección» de la convocatoria de la oposición, el punto 1, titulado «Test de opciones múltiples por ordenador» indicaba que los candidatos que hubieran validado su candidatura serían convocados para participar en una batería de test de opciones múltiples y que dichos test serían eliminatorios. El punto 2 de dicha rúbrica, titulado «Selección basada en cualificaciones» era del siguiente tenor:

En primer lugar, se comprobarán los datos facilitados en la candidatura en línea para verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión. Pueden darse dos situaciones:

- En el caso de que los [test] de opciones múltiples por ordenador se hubieran organizado previamente, se comprobarán los expedientes de los candidatos siguiendo el orden [descendente] de las calificaciones obtenidas en esos [test] hasta que el número de candidatos admisibles llegue al umbral mencionado en el punto 1. No se examinarán los demás expedientes.

- En el caso de que los [test] de opciones múltiples por ordenador no se hubieran organizado previamente, se comprobará la admisibilidad de los expedientes en todos los candidatos.

En segundo lugar, solo para los candidatos admisibles seleccionados conforme al procedimiento descrito, la selección basada en las cualificaciones se efectuará mediante la información facilitada por los candidatos en la pestaña “Evaluador de talentos” [...] El tribunal destinará a cada criterio de selección un coeficiente que refleje su importancia relativa (de 1 a 3) y atribuirá entre 0 y 4 puntos a cada una de las respuestas del candidato.

A continuación, el tribunal multiplicará los puntos por el coeficiente de ponderación correspondiente a cada criterio y los sumará para así identificar a los candidatos cuyo perfil responda mejor a las funciones que se han de desempeñar.

Para consultar la lista de criterios, véase el ANEXO III

.

5 El anexo I de la convocatoria de la oposición describía, a título indicativo, las tareas que los administradores seleccionados debían desempeñar en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

6 El anexo III de dicha convocatoria enumeraba los criterios que debía considerar el tribunal calificador de la oposición para la selección basada en las cualificaciones, de conformidad con el punto 2 del epígrafe «Proceso de selección» de esa misma convocatoria.

7 El 8 de mayo de 2015, el demandante, el Sr. Vincent Villeneuve, presentó su candidatura a la oposición EPSO/AD/303/15.

8 En la candidatura del demandante, la pestaña «Experiencia profesional» incluía tres apartados. Los dos primeros eran del siguiente tenor:

Ítem 1

Fechas (AAAA-MM-DD)

del 2012-10-01 al 2015-05-08

Duración en meses y días

(estimación): Meses: 31

Días: 7

Tipo de experiencia

Otros

Notas complementarias

“Otros”

Relaciones públicas

Clasificación

Autónomo

[...]

Tipo o sector de actividad

Relaciones públicas y asesoramiento en los servicios de promoción sobre cuestiones de población y desarrollo

Puesto ocupado

Asesor

Naturaleza de las tareas desarrolladas

Colaboración con los representantes electos y no electos, las autoridades parlamentarias, las organizaciones internacionales, las organizaciones no gubernamentales nacionales e internacionales y los miembros de la sociedad civil en relación con las actividades de promoción parlamentaria que fundamentan la elaboración y ejecución de medidas políticas.

Elaboración, concepción y tramitación de propuestas de proyectos, difusión de material para promoción parlamentaria (boletín bilingüe, manuales, memorandos de información) y asistencia a las iniciativas parlamentarias (audiencias, mesas redondas, enmiendas, preguntas, discursos, cartas, editoriales de opinión).

Ítem 2

Fechas (AAAA-MM-DD)

del 2008-08-31 al 2012-09-30

Duración en meses y días

(estimada): Meses: 49

Días: 0

Tipo de experiencia

Otros

Notas adicionales

Si “Otros”

Servicios de promoción (advocacy)

Clasificación

Organización no Gubernamental

Notas adicionales

si “otros”

Foro parlamentario europeo sobre población y desarrollo (EPF)

Tipo o sector de actividad

El EPF es una red de parlamentarios de toda Europa comprometidos con la protección de la salud reproductiva y sexual de las personas más vulnerables del mundo.

Nombre y dirección del empresario

Foro parlamentario europeo sobre población y desarrollo EPF

23 rue Montoyer1000 BruselasBélgica

Puesto ocupado

2008-2010 Asistente encargado de los servicios de promoción

2011-2012 Responsable de proyecto

Naturaleza de las tareas desempeñadas

Organización, gestión y coordinación de conferencias parlamentarias internacionales. Organización, gestión y coordinación de las delegaciones parlamentarias.

Apoyo a la recaudación de fondos y a las actividades de captación de recursos.

Análisis e investigaciones sobre las medidas políticas en materia de cooperación para el desarrollo y de cuestiones demográficas.

Publicaciones

9 El 16 de junio de 2015, la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) informó al demandante de que, concretamente, «los candidatos que habían obtenido las mejores notas en las pruebas de acceso de respuesta múltiple en ordenador (y alcanzado la puntuación mínima exigida) y que reunían los requisitos de admisión generales y específicos [pasarían] a la fase de selección basada en cualificaciones».

10 El 3 de septiembre de 2015, el demandante realizó las pruebas de respuesta múltiple.

11 El 3 de noviembre de 2015, la EPSO informó al demandante de que había obtenido la puntuación mínima exigida en las pruebas de respuesta múltiple.

12 El 5 de noviembre de 2015, la EPSO informó al demandante de que, después de comprobar si reunía todos los requisitos de admisión establecidos en la convocatoria, el tribunal calificador de la oposición había decidido que no podía pasar a la siguiente fase de la oposición (en lo sucesivo, «decisión del tribunal calificador de la oposición de 5 de noviembre de 2015»). La EPSO especificó que, en la fecha de cierre de las inscripciones en línea, el demandante no tenía una experiencia de al menos seis años en el ámbito de la oposición, tras la obtención de un título de estudios universitarios de cuatro años como mínimo.

13 Ese mismo día, el demandante indicó a la EPSO que en su formulario de candidatura había declarado una experiencia de 85 meses enteramente dedicada a los retos de la cooperación para el desarrollo en el seno de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), y posteriormente como agente ejecutor del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).

14 El 15 de noviembre de 2015, el demandante presentó una solicitud de reconsideración de la decisión del tribunal calificador de la oposición de 5 de noviembre de 2015.

15 El 25 de enero de 2016, la EPSO informó al demandante de que el tribunal calificador confirmaba su decisión de no admitirle en la siguiente fase de la oposición.

16 El 5 de febrero de 2016, el demandante presentó una reclamación con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto») contra la decisión del tribunal calificador de la oposición de 5 de noviembre de 2015.

17 Mediante decisión de 10 de junio de 2016, el Director de la EPSO desestimó la reclamación (en lo...

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