Case nº T-79/17 of Tribunal General de la Unión Europea, September 12, 2018

Resolution DateSeptember 12, 2018
Issuing OrganizationTribunal General de la Unión Europea
Decision NumberT-79/17

Función pública - Agentes contractuales - Selección - Oposición interna - Constitución de una lista de reserva para la selección de asistentes - Requisito de admisión relativo al grupo de funciones en el que el candidato estaba clasificado el día de finalización del plazo para la presentación de candidaturas - Inadmisión a las pruebas de una oposición

En el asunto T-79/17,

Alain Schoonjans, agente contractual del Servicio Europeo de Acción Exterior, con domicilio en Bruselas (Bélgica), representado por los Sres. S. Orlandi y T. Martin, abogados,

parte demandante,

contra

Comisión Europea, representada por el Sr. G. Berscheid y la Sra. L. Radu Bouyon, en calidad de agentes,

parte demandada,

que tiene por objeto un recurso basado en el artículo 270 TFUE dirigido a obtener la anulación de la decisión del tribunal calificador de la oposición interna COM/02/AST/16 (AST 2) por la que se inadmitió la candidatura del demandante y, por otra, la reparación del perjuicio supuestamente sufrido,

EL TRIBUNAL GENERAL (Sala Novena),

integrado por el Sr. S. Gervasoni, Presidente, y la Sra. K. Kowalik-Bańczyk y el Sr. C. Mac Eochaidh (Ponente), Jueces;

Secretario: Sra. M. Marescaux, administradora;

habiendo considerado los escritos obrantes en autos y celebrada la vista el 19 de enero de 2018,

dicta la siguiente

Sentencia

Antecedentes del litigio

1 El demandante, el Sr. Alain Schoonjans, trabajó en la Comisión Europea como agente contractual del grupo de funciones III entre el 1 de diciembre de 2010 y el 30 de noviembre de 2013, como trabajador cedido por una empresa de trabajo temporal entre el 1 y el 31 de diciembre de 2013, de nuevo como agente contractual del grupo de funciones III entre el 1 de enero de 2014 y el 15 de septiembre de 2015 y, por último, como agente contractual del grupo de funciones IV del 16 de septiembre de 2015 al 31 de diciembre de 2016.

2 El 9 de febrero de 2016, la Comisión publicó una convocatoria de oposiciones internas para la constitución de una lista de reserva para la selección de personal de secretaría/oficina de grado 2 (AST/SC 2), de asistentes de grado 2 (AST 2) y de administradores de grado 6 (AD 6) (en lo sucesivo, «convocatoria de oposiciones»). Estas tres oposiciones se denominaban respectivamente como sigue: COM/01/AST-SC/16 (AST/SC 2) - Personal de secretaría/oficina, COM/02/AST/16 (AST 2) - Asistentes y COM/03/AD/16 (AD 6) - Administradores.

3 Por lo que se refiere a la situación administrativa de los candidatos, en el título III, con la rúbrica «Admisión», el apartado 2.1, letra c), de la convocatoria de oposiciones establecía lo siguiente:

[Los candidatos deberán] haber prestado servicios durante al menos los seis meses anteriores al día de finalización del plazo para la inscripción electrónica en el grupo de funciones exigido en el título III.2.2 para la oposición a la que se hayan inscrito, o haber prestado servicios durante el mencionado período de seis meses o una parte de él en un grupo superior de funciones.

Los siguientes períodos se tendrán en cuenta para el cálculo de los seis meses requeridos: períodos en situación administrativa de “servicio activo”, “excedencia por servicio militar”, “licencia parental o licencia familiar”, “excedencia por interés del servicio” o “comisión de servicio a petición del funcionario” (durante los seis primeros meses de la comisión de servicio a petición del funcionario), en el sentido de los artículos 37 y siguientes del Estatuto [de los Funcionarios de la Unión Europea].

4 Dentro del mismo título, el apartado 2.2 de la convocatoria de oposiciones establecía lo siguiente en cuanto al grupo de funciones y al grado de los candidatos:

El día de finalización del plazo para la inscripción electrónica, los candidatos deberán pertenecer al grupo de funciones siguiente:

Para la oposición COM/01/AST-SC/16 (AST/SC 2), funcionario o agente temporal AST/SC o agente contractual GF II.

Para la oposición COM/02/AST/16 (AST 2), funcionario o agente temporal AST o agente contractual GF III.

Para la oposición COM/03/AD/16 (AD 6), funcionario o agente temporal AD o agente contractual del GF IV.

5 En una fecha indeterminada, el demandante presentó su candidatura al concurso interno COM/02/AST/16 (AST 2).

6 El 11 de abril de 2016, el tribunal calificador de la oposición interna COM/02/AST/16 (AST 2) informó al demandante de su decisión de inadmitir su candidatura (en lo sucesivo, «decisión impugnada»), en la medida en que no cumplía el requisito establecido por la convocatoria de oposiciones que exigía estar clasificado en el grupo de funciones III al finalizar el plazo para inscribirse en la oposición (en lo sucesivo, «requisito controvertido»).

7 El 11 de julio de 2016, el demandante presentó una reclamación contra la decisión impugnada.

8 Mediante decisión de 27 de octubre de 2016, notificada al demandante ese mismo día, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos desestimó la reclamación.

Procedimiento y pretensiones de las partes

9 Mediante demanda presentada en la Secretaría del Tribunal el 6 de febrero de 2017, el demandante interpuso el presente recurso.

10 Mediante escrito de 14 de febrero de 2017, el demandante solicitó que el presente asunto se acumulara, por razón de conexidad, a los asuntos T-55/17, Healy/Comisión, y T-73/17, RS/Comisión, de conformidad con el artículo 68 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

11 Mediante escrito de 15 de febrero de 2017 se invitó a la Comisión a presentar sus observaciones sobre una posible acumulación del presente asunto con los asuntos T-55/17, Healy/Comisión, y T-73/17, RS/Comisión.

12 El 5 de abril de 2017, la Comisión presentó su escrito de contestación a la demanda.

13 Mediante escrito de 18 de mayo de 2017, el demandante indicó que renunciaba a presentar réplica.

14 Mediante escrito de 30 de mayo de 2017, el demandante solicitó la celebración de una vista.

15 Mediante resolución de 14 de noviembre de 2017, el Presidente de la Sala Novena del Tribunal decidió no acumular el presente asunto y los asuntos T-55/17, Healy/Comisión, y T-73/17, RS/Comisión.

16 En la vista de 19 de enero de 2018 se oyeron los informes orales de las partes y sus respuestas a las preguntas...

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