Comunicaciones al DO nº T-506/17 of Tribunal General de la Unión Europea, Sala Quinta, September 29, 2017

Resolution DateSeptember 29, 2017
Issuing OrganizationSala Quinta
Decision NumberT-506/17

Recurso interpuesto el 8 de agosto de 2017 - Makhlouf/Consejo

(Asunto T-506/17)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Rami Makhlouf (Damasco, Siria) (representante: E. Ruchat, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad y fundamento del recurso del demandante.

En consecuencia, anule la Decisión (PESC) 2017/917, de 29 de mayo de 2017 y sus actos de ejecución subsiguientes, en cuanto se refieren al demandante.

Condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

Primer motivo, basado en que los actos impugnados infringen su derecho de defensa, en particular, su derecho a la tutela judicial efectiva, establecido en los artículos 6 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (en lo sucesivo, «CEDH»), el artículo 215 TFUE y los artículos 41 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Segundo motivo, basado en que la parte demandada ha incumplido la obligación de motivación, en la medida en que la motivación proporcionada no cumple la obligación que incumbe a las instituciones de la Unión Europea con arreglo al artículo 6 del CEDH y a los artículos 296 TFUE y 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Tercer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación cometido por el Consejo en cuanto a la implicación de la parte demandante en la financiación del régimen sirio.

Cuarto motivo, basado en que los actos impugnados restringen de forma injustificada y desproporcionada los derechos fundamentales de la parte demandante, y en particular su derecho de propiedad, establecido en el artículo 1 del Primer Protocolo Adicional al CEDH y en el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, su derecho a que se respete su reputación establecido en los artículos 8 y 10, apartado 2, del CEDH, el principio de la presunción de inocencia establecido en los artículos 6 del CEDH y 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y su derecho a la libre circulación, garantizado en el artículo 2, apartado 2, del Protocolo n.º 4 del CEDH.

Quinto motivo, basado en la infracción de las Orientaciones sobre la aplicación y evaluación de las medidas restrictivas...

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