Comunicaciones al DO nº C-206/18 of Tribunal de Justicia, President, May 04, 2018
Resolution Date | May 04, 2018 |
Issuing Organization | President |
Decision Number | C-206/18 |
Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2018 - Comisión Europea / República de Polonia
(Asunto C-206/18)
Lengua de procedimiento: polaco
Partes
Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Samnadda, J. Hottiaux, y G. von Rintelen, pełnomocnicy)
Demandada: República de Polonia
Pretensiones de la parte demandante
Que se declare que la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 43 de la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, 1 al no haber adoptado todas las medias legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva, o, en su caso, al no haber comunicado a la Comisión dichas medidas.
Que se condene a la República de Polonia, con arreglo al artículo 260 TFUE, apartado 3, al pago de una multa coercitiva de un importe diario de 87 612€ a partir del día en que se dicte la sentencia del Tribunal de Justicia en el presente asunto, por incumplir su obligación de comunicación de las medidas de transposición de la Directiva 2014/26.
Que se condene en costas a la República de Polonia.
Motivos y principales alegaciones
De conformidad con el artículo 43, apartado 1, de la Directiva 2014/26/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar...
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