Comunicaciones al DO nº C-277/18 of Tribunal de Justicia, Sala Quinta, July 06, 2018
Resolution Date | July 06, 2018 |
Issuing Organization | Sala Quinta |
Decision Number | C-277/18 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo de Círculo de Lisboa (Portugal) el 24 de abril de 2018 - Henkel Ibérica Portugal, Unipessoal L.da / Comissão de Segurança de Serviços e Bens de Consumo
(Asunto C-277/18)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Administrativo de Círculo de Lisboa
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Henkel Ibérica Portugal, Unipessoal L.da
Demandada: Comissão de Segurança de Serviços e Bens de Consumo
Cuestiones prejudiciales
1) ¿Es compatible con el Derecho Comunitario ―en particular con la Directiva 2001/95/CE del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos, 1 con los artículos 28 y 30 del Tratado (tal como se citan en aquella Directiva) y con la Directiva 87/357/CEE del Consejo, de 25 de junio de 1988― 2 un régimen nacional, recogido en Portugal en el Decreto-ley n.º 69/2005, de 17 de marzo, y en el Decreto-ley n.º 150/90, de 10 de mayo, que además de prohibir la comercialización de los productos susceptibles de poner en peligro la salud y la seguridad de los consumidores, por poder ser confundidos con alimentos, prohíbe asimismo la comercialización de productos que, al poder ser confundidos con otros productos (en particular con juguetes) debido a su aspecto, sean susceptibles, en una utilización normal o razonablemente previsible, de poner en peligro la salud y la seguridad de los consumidores, especialmente de los niños?
2) ¿Se oponen los artículos 34 y 36 del Tratado a la aplicación de un texto legal de Derecho nacional que prohíbe en el territorio nacional no sólo la comercialización de productos que pueden ser confundidos con productos alimenticios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo l, apartado 2, de la citada Directiva comunitaria, sino también de otros productos cuya apariencia pueda incitar a los consumidores a darles una utilización diferente de aquella para la que fueron concebidos, incluso aunque no sean preparados...
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