Comunicaciones al DO nº C-789/18 of Tribunal de Justicia, March 08, 2019

Resolution DateMarch 08, 2019
Issuing OrganizationTribunal de Justicia
Decision NumberC-789/18

Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio (Italia) el 12 de diciembre de 2018 - AQ y otros / Corte dei Conti y otros

(Asunto C-789/18)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale Amministrativo Regionale per il Lazio

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: AQ y otros

Demandadas: Corte dei Conti, Presidenza del Consiglio dei Ministri, Ministero dell’Economia e delle Finanze, Inps-Gestione

Cuestiones prejudiciales

El artículo 3 TUE, apartados 2 y 3; los artículos 9 TFUE, 45 TFUE, 126 TFUE, 145 TFUE, 146 TFUE, 147 TFUE y 151 TFUE, apartado 1; el artículo 15, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y los artículos 3 y 5 del Pilar europeo de derechos sociales, ¿se oponen a una disposición nacional, como el artículo 1, apartado 489, de la Ley n.º 147/2013, en la medida en que esta norma incita a las Administraciones públicas italianas a dar preferencia, a la hora de contratar o atribuir funciones, únicamente a trabajadores que ya son titulares de una pensión concedida por organismos aseguradores públicos italianos?

Los artículos 106 TFUE, apartado 1, y 107 TFUE, ¿se oponen a una disposición nacional, como el artículo 1, apartado 489, de la Ley n.º 147/2013, que permite a las Administraciones públicas italianas que desarrollan actividades económicas, sujetas a la observancia de los artículos 101 TFUE y siguientes, hacer uso del trabajo de quienes hayan consentido en renunciar, total o parcialmente, al salario correspondiente, consiguiendo así un ahorro en costes que puede colocar a la propia Administración en una situación de ventaja competitiva respecto de otros operadores económicos?

Los artículos 2 TUE, 3 TUE y 6 TUE; los artículos 126 TFUE y 151 TFUE, apartado 1; el artículo 15, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y los artículos 3 y 7, letra a), del Pilar europeo de derechos sociales, ¿se oponen a una disposición nacional, como el artículo 1, apartado 489, de la Ley n.º 147/2013, que, en las condiciones que en ella se indican, permite que un trabajador pueda renunciar válidamente, total o parcialmente, al salario, aun cuando la única finalidad de tal renuncia sea evitar perder su trabajo?

Los artículos 2 TUE, 3 TUE y 6 TUE; los artículos 14 TFUE, 15 TFUE, apartado 1, 126 TFUE y 151 TFUE, apartado 1; el artículo 31, apartado 1, de la Carta de los Derechos...

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