Comunicaciones al DO nº T-542/19 of Tribunal General de la Unión Europea, President, September 20, 2019

Resolution DateSeptember 20, 2019
Issuing OrganizationPresident
Decision NumberT-542/19

Recurso interpuesto el 5 de agosto de 2019 - FV/Consejo

(Asunto T-542/19)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: FV (representante: É. Boigelot, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare su recurso admisible y fundado y, por consiguiente:

Anule la resolución de 3 de mayo de 2019 notificada a la demandante el 6 de mayo siguiente por el Sr. [X] «Senior Legal Counsellor» del Consejo y que había sido adoptada por el Sr. [Y] en su condición de AFPN y según la cual «1. se declara a la demandante, nacida el 25 de marzo de 1956 [confidencial], 1 funcionaria de grado AST 7, en situación de excedencia por interés del servicio de conformidad con el artículo 42 quater del Estatuto con derecho a los beneficios económicos previstos en el referido artículo. 2. La presente resolución producirá efectos desde el 31 de diciembre de 2015.»

Condene al Consejo al pago de 151 101,72 euros, en concepto de indemnización por daño material y perjuicio causado a la carrera de la demandante, sin perjuicio de que dicha cantidad resulte incrementada o disminuida en el curso del procedimiento.

Condene al Consejo al pago de 70 000 euros, en concepto de indemnización por daño moral y perjuicio causado a la reputación de la demandante, sin perjuicio de que dicha cantidad resulte incrementada o disminuida en el curso de la instancia.

En cualquier caso, condene a la demandada a cargar con todas las costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 266 TFUE y en la violación de los principios fundamentales y generales del Derecho de la Unión, entre los que se encuentran, en particular, la protección de la expectativa legítima y de la confianza legítima, los principios de buena administración, buena fe y seguridad jurídica, así como el respeto del principio de proporcionalidad.

A este respecto, la demandante considera que la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (en lo sucesivo, «AFPN») ha aplicado e interpretado de manera manifiestamente incorrecta las disposiciones y los principios antes mencionados, al no haber adoptado las medidas que requiere la ejecución de la sentencia anulatoria dictada por el Tribunal...

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