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30.10.2009 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 283/5 |
REGLAMENTO (CE) N o 1023/2009 DE LA COMISIÓN
de 29 de octubre de 2009
por el que se aplica el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 808/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativo a estadísticas comunitarias de la sociedad de la información (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) | El Reglamento (CE) no 808/2004 ha creado un marco común para la producción sistemática de estadísticas comunitarias de la sociedad de la información. |
(2) | En virtud del artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) no 808/2004, se precisan medidas de aplicación a fin de determinar los datos que han de suministrarse para la elaboración de las estadísticas mencionadas en sus artículos 3 y 4 y los plazos para su transmisión. |
(3) | Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Sistema Estadístico Europeo, creado por el Reglamento (CE) no 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), relativo a la estadística europea. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Los datos que deberán transmitirse para la producción de estadísticas comunitarias sobre la sociedad de la información con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, y en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 808/2004 se ajustarán a lo que se establece en los anexos I y II del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 29 de octubre de 2009.
Por la Comisión
Joaquín ALMUNIA
Miembro de la Comisión
(1) DO L 143 de 30.4.2004, p. 49.
(2) DO L 87 de 31.3.2009, p. 164.
ANEXO I
MÓDULO 1: EMPRESAS Y SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
1. CUESTIONES Y SUS CARACTERÍSTICAS
a) Las cuestiones que deberán cubrirse en el año de referencia 2010, seleccionadas a partir de la lista del anexo I del Reglamento (CE) no 808/2004, serán las siguientes:
— | sistemas de TIC y su utilización en las empresas, |
— | utilización de internet y otras redes electrónicas por parte de las empresas, |
— | procedimientos de comercio electrónico y negocio electrónico, |
— | inversión y gasto en TIC. |
b) Se recopilarán las características siguientes con respecto a las empresas:
Sistemas de TIC y su utilización en las empresas
Características que deben recopilarse con respecto a todas las empresas:
— | utilización de ordenadores. |
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:
— | (optativo) porcentaje de personas empleadas que utilizan ordenadores al menos una vez por semana, |
— | utilización de una red informática interna (por ejemplo, LAN), |
— | utilización de una página principal interna (intranet), |
— | utilización de una extranet, |
— | utilización de sistemas operativos gratuitos o abiertos, como Linux (es decir, sistemas que tienen disponible su código fuente, no cobran derechos de autor y permiten su modificación y [re]distribución). |
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan una red informática interna (por ejemplo, LAN):
— | utilización de un acceso inalámbrico a la red informática interna (por ejemplo, LAN). |
Utilización de internet y de otras redes electrónicas por parte de las empresas
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que tienen acceso a internet:
— | porcentaje de personas empleadas que utilizan ordenadores conectados a la world wide web al menos una vez por semana, |
— | conexión a internet: módem tradicional o RDSI, |
— | conexión a internet: DSL, |
— | conexión a internet: otra conexión fija a internet, |
— | conexión a internet: conexión móvil de banda ancha, |
— | (optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda ancha por microteléfono 3G, |
— | (optativo) conexión a internet: conexión móvil de banda ancha por ordenador portátil que utiliza un módem 3G, |
— | conexión a internet: otra conexión móvil, |
— | (optativo) utilización de internet para servicios bancarios y financieros, |
— | (optativo) utilización de internet para formación y educación, |
— | utilización de internet para comunicaciones con la administración en el año civil anterior, |
— | utilización de un sitio web, |
— | utilización de la firma digital en cualquier mensaje enviado, es decir, uso de métodos de codificación que garanticen la autenticidad e integridad del mensaje (vinculación exclusiva con el firmante, capacidad para identificarlo y posibilidad de detectar cualquier cambio posterior del mensaje). |
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que se comunicaron con las administraciones públicas a través de internet en el año civil anterior:
— | utilización de internet para obtener información de los sitios web de las administraciones públicas en el año civil anterior, |
— | utilización de internet para obtener formularios de los sitios web de la administración en el año civil anterior, |
— | utilización de internet para remitir formularios cumplimentados a las administraciones en el año civil anterior, |
— | utilización de internet para tramitar un procedimiento administrativo de forma completamente electrónica, sin necesidad de papeleo adicional, en el año civil anterior, |
— | utilización de internet para presentar propuestas en un sistema de concurso electrónico (contratación pública electrónica) en el año civil anterior. |
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que tienen una página web:
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: declaración relativa a la política de privacidad, sello de privacidad o certificación sobre seguridad de la página web, |
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: catálogos de productos o listas de precios, |
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: posibilidad de que los visitantes personalicen o diseñen productos, |
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: realización en línea de pedidos, reservas de artículos o reservas de plazas, |
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: sistema de seguimiento en línea de pedidos, |
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: personalización de contenidos para visitantes habituales o reiterados, |
— | (optativo) prestación del servicio siguiente: publicidad de ofertas de empleo o solicitudes de empleo en línea. |
Procedimientos de comercio electrónico y negocio electrónico
Características que deben recopilarse con respecto a las empresas que utilizan ordenadores:
— | utilización del intercambio automatizado de datos (ADE: automated data exchange), definido como el envío o la recepción de mensajes por cualquier red informática en un formato acordado o normalizado que permita su tratamiento automático sin teclear manualmente el mensaje, |
— | intercambio electrónico y automático de la información oportuna sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) mediante una función de gestión de las existencias, |
— | intercambio electrónico y automático de la información oportuna sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) mediante una función de contabilidad, |
— | intercambio electrónico y automático de la información oportuna sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) mediante una función de gestión de la producción o los servicios, |
— | intercambio electrónico y automático de la información oportuna sobre los pedidos de ventas recibidos (por medios electrónicos o no) mediante una función de gestión de la distribución, |
— | intercambio electrónico y automático de la información oportuna sobre los pedidos de compras enviados (por medios electrónicos o no) mediante una función de gestión de las existencias, |
— | intercambio electrónico y automático de la información oportuna sobre los pedidos de compras enviados (por medios electrónicos o no) mediante una función de contabilidad, |
— | utilización del paquete de programas informáticos ERP (Enterprise Resource Planning: planificación de recursos de la empresa) para intercambiar información entre diversas áreas operativas internas (como contabilidad, planificación, producción, o comercialización), |
— | utilización de cualquier programa informático que gestione información sobre los clientes (CRM: Customer Relationship Management) para recoger esta información, almacenarla y ponerla a la disposición de otras áreas de la empresa, |
— | utilización de cualquier programa informático que gestione información sobre los clientes (CRM) para analizar esta información con fines de comercialización (tarifación, promoción de ventas, elección de canales de distribución, etc.). |
Características que deben recopilarse con respecto a las...