2004/585/EC: Council Decision of 19 July 2004 establishing Regional Advisory Councils under the Common Fisheries Policy

Coming into Force10 August 2004
End of Effective Date31 December 9999
Celex Number32004D0585
ELIhttp://data.europa.eu/eli/dec/2004/585/oj
Published date30 May 2006
Date19 July 2004
CourtCouncil of the European Union
L_2004256ES.01001701.xml
3.8.2004 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 256/17

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 19 de julio de 2004

por la que se crean consejos consultivos regionales en virtud de la política pesquera común

(2004/585/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 37,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (2),

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 2371/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común (3), y en particular sus artículos 31 y 32, establece nuevas formas de participación de las partes interesadas en la política pesquera común a través de la creación de consejos consultivos regionales.
(2) Un método coherente para la creación de consejos consultivos regionales exige que éstos se correspondan con unidades de gestión basadas en criterios biológicos y que sean de número limitado tanto para poder ofrecer una orientación válida como por razones prácticas.
(3) Dado que los consejos consultivos regionales son organizaciones dirigidas por las partes interesadas, deberán adaptar su estructura a las características específicas de las zonas de pesca y regiones en cuestión. No obstante, conviene establecer un marco general para la creación de los consejos consultivos regionales.
(4) En aras de la eficacia, es necesario limitar la dimensión de los consejos consultivos regionales, garantizando, simultáneamente, que integran todos los intereses a los que afecta la política pesquera común y reconociendo igualmente la primacía de los intereses pesqueros, dados los efectos que sobre ellos tienen las decisiones y políticas de gestión.
(5) Para garantizar la coherencia en las cuestiones que revisten interés para más de un consejo consultivo regional, es esencial establecer vínculos entre los diferentes consejos consultivos regionales.
(6) En vista de las tareas del Comité consultivo de pesca y acuicultura, reformado por la Decisión 1999/478/CE de la Comisión (4) y compuesto por representantes de un amplio abanico de organizaciones e intereses europeos, la actividad de los consejos consultivos regionales debe coordinarse con la de dicho Comité, al que también deben remitir sus informes.
(7) Con el fin de garantizar el establecimiento eficaz de los consejos consultivos regionales, es indispensable que los fondos públicos contribuyan a sus costes en la fase de puesta en marcha y a los costes de interpretación y traducción.
(8) La Decisión incluye un importe de referencia financiera, en el sentido del punto 34 del Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (5), para la totalidad del período de las disposiciones financieras, sin perjuicio de las competencias de la autoridad presupuestaria establecidas por el Tratado.

DECIDE:

Artículo 1

Definiciones

A efectos de la presente Decisión, se entenderá por:

1) «Estado miembro interesado»: el Estado miembro que tiene intereses pesqueros en la zona marítima o zona de pesca cubierta por un consejo consultivo regional;
2) «sector pesquero»: el subsector de captura, que abarca a los armadores, pescadores artesanales, pescadores asalariados, organizaciones de productores, así como, entre otros, transformadores, comerciantes y otras organizaciones de mercado y redes de mujeres;
3) «otros grupos interesados»: entre otros, organizaciones y grupos de protección del medio ambiente, acuicultores, consumidores y pescadores de pesca recreativa o deportiva.

Artículo 2

Creación de los consejos consultivos regionales

1. Se crea un consejo consultivo regional para cada una de las siguientes regiones:

a) Mar Báltico;
b) Mar Mediterráneo;
c) Mar del Norte;
d) aguas noroccidentales;
e) aguas suroccidentales;
f) poblaciones pelágicas;
g) flotas de altura/larga distancia.

2. Las zonas geográficas cubiertas por cada consejo consultivo regional se indican en el anexo I. Cada consejo consultivo regional podrá crear subdivisiones para tratar cuestiones que afecten a zonas de pesca y regiones biológicas específicas.

Artículo 3

Procedimiento

1. Los representantes del sector pesquero y otros grupos interesados con intereses en uno de los consejos consultivos regionales presentarán a los Estados miembros interesados y a la Comisión una solicitud relativa al funcionamiento de tal consejo consultivo regional. Dicha solicitud deberá ser compatible con los objetivos, principios y directrices de la política pesquera común que figuran en el Reglamento (CE) no 2371/2002, e incluirá:

a) una declaración de objetivos;
b) los principios de funcionamiento;
c) el reglamento interno;
d) el presupuesto estimado;
e) una lista provisional de organizaciones.

2. Los Estados miembros interesados determinarán si la solicitud es representativa y conforme a las disposiciones de la presente Decisión, de ser necesario tras consultar con los interesados, y transmitirán, de común acuerdo, una recomendación a la Comisión sobre dicho consejo consultivo regional.

3. Tras la evaluación de la recomendación y las posibles modificaciones de la solicitud, la Comisión adoptará una decisión lo antes posible y, en cualquier caso, se propondrá adoptarla en un plazo de tres meses como máximo, que especificará la fecha a partir de la cual entrará en funcionamiento el comité consultivo regional. Dicha decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 4

Estructura

1. Cada consejo...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT