Comunicaciones al DO nº T-652/19 of Tribunal General de la Unión Europea, President, November 08, 2019

Resolution DateNovember 08, 2019
Issuing OrganizationPresident
Decision NumberT-652/19

Recurso interpuesto el 26 de septiembre de 2019 - Elevolution - Engenharia/Comisión

(Asunto T-652/19)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Elevolution - Engenharia, S.A. (Amadora, Portugal) (representantes: M. Marques Mendes, R. Campos, A. Dias Henriques, M. Troncoso Ferrer y C. García Fernández, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Estime el recurso y anule la decisión impugnada en su totalidad.

- Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

Primer motivo, basado en un error de la decisión de la Comisión Europea de 12 de julio de 2019, adoptada por el Director en funciones de la Dirección General de Cooperación Internacional y Desarrollo (DEVCO), documento Ares(2019)4611765 - 16/07/2019, por la que se excluye a la demandante, por un período de tres años, de procedimientos de adjudicación de contratos públicos y de concesión de subvenciones con financiación a cargo al FED en el ámbito del Reglamento (UE) n.º 2015/323 del Consejo y se ordena la publicación de la información de la exclusión en el sitio de Internet de la Comisión en lo relativo a los presupuesto de hecho.

La demandante considera que la Comisión, en su decisión, incurrió en un error en cuanto a los presupuestos de hecho, a saber, en cuanto a los retrasos en la ejecución de los trabajos, que no pueden imputarse a la demandante. Debería haberse celebrado el procedimiento de conciliación previsto en el contrato, y la falta de constitución del tribunal arbitral no puede imputarse a la demandante.

Segundo motivo, basado en la falta de motivación y en una infracción de ley, en concreto del artículo 143, apartado 5, del Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046 y del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como en la vulneración del derecho a una buena administración.

La decisión adolece de falta de motivación por no permitir a la demandante conocer el análisis y las conclusiones resultantes del procedimiento contradictorio previo obligatorio, tramitado por el panel previsto por el Reglamento Financiero. Al no tener en cuenta el procedimiento contradictorio previo y al omitir cualquier mención de los resultados de este, la decisión adolece también de un vicio consistente en infracción de ley, cuestionando e incumpliendo el artículo 143 del Reglamento Financiero, en...

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